TRIBUTARIO

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AÑO

TRIBUTARIO

2025

1040 (y

1040-SR)

INSTRUCCIONES

R

Incluye las instrucciones para los

Anexos 1 a 3

Cambios para 2025

Vea Qué Hay de Nuevo en estas instrucciones.

Acontecimientos Futuros

Vea IRS.gov/Espanol e IRS.gov/Forms; y para obtener la información más reciente sobre los acontecimientos

relacionados con los Formularios 1040 y 1040-SR y sus instrucciones, tales como legislación promulgada después de

que éstos se hayan publicado, acceda a IRS.gov/Form1040SP.

Free File es la manera rápida, segura y gratis para preparar y enviar sus impuestos

electrónicamente. Vea IRS.gov/PresenteGratis.

Pague por Internet. Es rápido, fácil y seguro. Acceda a IRS.gov/Pagos.

Feb 26, 2026

Instructions for Form 1040 (sp) (2025) Catalog Number 74352R

Department of the Treasury Internal Revenue Service www.irs.gov

Tabla de Contenidos

Contenido

Página

Página

Qué Hay de Nuevo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6

Organice Su Declaración . . . . . . . . . . . . . . 74

Requisitos para la Presentación . . . . . . . . . . . 9

¿Tiene que Presentar? . . . . . . . . . . . . . . 9

¿Cuándo y Dónde Tengo que

Presentar la Declaración? . . . . . . . . . . 9

Tabla de Impuestos de 2025 . . . . . . . . . . . . 75

Instrucciones para las Líneas de los

Formularios 1040 y 1040-SR . . . . . . . . 14

Nombre y Dirección . . . . . . . . . . . . . . 14

Número de Seguro Social (SSN) . . . . . . 15

Estado Civil para Efectos de la

Declaración . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15

Dependientes, Hijo Calificado para

Crédito Tributario por Hijos y

Crédito por Otros Dependientes . . . . . 20

Ingreso . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27

Ingreso Total e Ingreso Bruto

Ajustado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39

Impuesto y Créditos . . . . . . . . . . . . . . 39

Pagos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45

Reembolso . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67

Cantidad que Usted Adeuda . . . . . . . . . 70

Firme Su Declaración . . . . . . . . . . . . . 73

2

Contenido

Información General . . . . . . . . . . . . . . . . . 89

Cómo Obtener Ayuda con los Impuestos . . . . 92

Información sobre Reembolsos . . . . . . . . . . 97

Instrucciones para el Anexo 1 . . . . . . . . . . . 98

Instrucciones para el Anexo 1-A . . . . . . . . 113

Instrucciones para el Anexo 2 . . . . . . . . . . 125

Instrucciones para el Anexo 3 . . . . . . . . . . 130

Temas Tributarios . . . . . . . . . . . . . . . . . . 134

Aviso sobre la Divulgación, la Ley de

Confidencialidad de Información y la

Ley de Reducción de Trámites . . . . . . 136

Categorías Principales de Ingresos y

Gastos Federales para el Año Fiscal

2024 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 138

Índice . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 139

Consejos útiles sobre los

Formularios 1040 y 1040-SR

Para 2025, usted usará el Formulario 1040 o, si nació antes del 2 de enero de 1961, tiene la opción de usar el

Formulario 1040-SR.

Es probable que sólo tenga que presentar el Formulario 1040 o 1040-SR y ninguno de los anexos enumerados,

Anexos 1 a 3. No obstante, si su declaración es más complicada (por ejemplo, usted reclama ciertas deducciones o

créditos o adeuda impuestos adicionales), usted tendrá que completar uno o más de los anexos enumerados. A

continuación aparece una guía general de cuál(es) anexo(s) usted tendrá que presentar basado en sus

circunstancias. Vea las instrucciones de los anexos para más información.

Si usted presenta su declaración electrónicamente, el programa de computadoras (software) que usted use por lo

general determinará cuáles anexos usted necesita.

SI USTED...

ENTONCES USE LA...

Tiene ingresos adicionales, tales como ingresos de negocios o

agropecuarios, compensación por desempleo o premios y

recompensas.

Parte I del Anexo 1

Tiene cualesquier ajustes al ingreso, tales como intereses sobre

un préstamo de estudios, impuesto sobre el trabajo por cuenta

propia o gastos del educador.

Parte II del Anexo 1

Puede reclamar una deducción por propinas en efectivo calificadas,

paga por horas extras calificada, interés de préstamo de vehículo

calificado o la deducción mejorada para personas de 65 años de edad

o más.

Parte correspondiente

del Anexo 1-A

Adeuda el impuesto mínimo alternativo (AMT, por sus siglas en

inglés) o tiene que reintegrar el exceso del pago por adelantado del

crédito tributario de prima de seguro médico (APTC, por sus siglas

en inglés).

Parte I del Anexo 2

Adeuda otros impuestos, tales como el impuesto sobre el trabajo por

cuenta propia, los impuestos sobre el empleo de empleados

domésticos o impuestos adicionales sobre un plan calificado,

incluyendo un arreglo de ahorros para la jubilación (IRA, por sus siglas

en inglés) u otros planes con beneficios tributarios.

Parte II del Anexo 2

Puede reclamar un crédito no reembolsable (aparte del crédito

tributario por hijos o el crédito por otros dependientes), tales como el

crédito por impuestos extranjeros, créditos por estudios o el crédito

general para negocios.

Parte I del Anexo 3

Puede reclamar un crédito reembolsable (aparte del crédito por

ingreso del trabajo, el crédito tributario de oportunidad para los

estadounidenses, el crédito por adopción reembolsable o el crédito

tributario adicional por hijos), tal como el crédito tributario de prima de

seguro médico neto.

Parte II del Anexo 3

Tiene otros pagos, tales como una cantidad pagada con una solicitud

de prórroga o impuesto del Seguro Social retenido en exceso.

3

El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) Está Aquí para Ayudarlo

¿Qué Es el Servicio del Defensor del Contribuyente?

El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés) es una organización independiente dentro del Servicio

de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) que ayuda a los contribuyentes y protege sus derechos como contribuyente.

TAS se esmera en asegurar que a cada contribuyente se le trate de forma justa, y que usted conozca y entienda sus derechos

conforme a la Carta de Derechos del Contribuyente.

¿Qué Puede Hacer TAS por Usted?

TAS le puede ayudar si su problema tributario le causa problemas financieros, usted ha tratado y no ha podido resolver su asunto

con el IRS, o usted cree que algún sistema, proceso o procedimiento del IRS no está funcionando como debe. Además, su

servicio es gratis. Si usted reúne los requisitos para recibir la ayuda de TAS, se le asignará un defensor quien trabajará con usted

durante todo el proceso y hará todo lo posible para resolver su asunto. TAS le puede ayudar si:

• Su problema le causa problemas financieros a usted, a su familia o a su negocio.

• Usted (o su negocio) está enfrentando la amenaza de acción adversa inmediata.

• Usted ha intentado comunicarse con el IRS, pero nadie le ha respondido, o el IRS no le ha respondido para la fecha

prometida.

¿Cómo se Puede Comunicar con TAS?

TAS tiene oficinas en cada estado, el Distrito de Columbia y Puerto Rico. Para localizar el número telefónico de su defensor:

• Acceda a ES.TaxpayerAdvocate.IRS.gov/Contact-Us;

• Descargue la Publicación 1546-EZ, El Servicio del Defensor del Contribuyente es Su Voz Ante el IRS. Si no tiene acceso a

Internet, puede llamar al IRS libre de cargos al 800-TAX-FORM (800-829-3676) y pedir una copia de la Publicación 1546-EZ;

• Consulte su guía telefónica local; o

• Llame a TAS libre de cargos al 877-777-4778.

¿Cómo Puede Aprender sobre Sus Derechos Como Contribuyente?

La Carta de Derechos del Contribuyente describe 10 derechos básicos que todos los contribuyentes tienen al tratar con el IRS. El

sitio web de TAS en ES.TaxpayerAdvocate.IRS.gov le puede ayudar a entender lo que estos derechos significan para usted y

cómo aplican a su situación. Éstos son sus derechos. Conózcalos; utilícelos.

¿De Qué Otra Manera Ayuda TAS a los Contribuyentes?

TAS se ocupa de resolver problemas de gran escala que afectan a muchos contribuyentes. Si usted conoce alguno de estos

asuntos, infórmele a TAS en el sitio web IRS.gov/SAMS y pulse sobre Español. Asegúrese de no incluir ninguna información

personal del contribuyente.

Talleres para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC) Ayudan a Contribuyentes

Los Talleres (“Clínicas”) para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en inglés) son independientes del IRS y de

TAS. Los LITC representan a las personas cuyos ingresos estén por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas

tributarios con el IRS. Los LITC pueden representar a los contribuyentes en auditorías, apelaciones y problemas asociados con el

cobro de impuestos ante el IRS y los tribunales. Además, los LITC pueden proveer información sobre los derechos y

responsabilidades del contribuyente en diferentes idiomas para aquellas personas que hablan inglés como segundo idioma. Los

servicios se ofrecen de manera gratuita o a bajo costo. Para más información o para localizar un LITC cerca de usted, acceda al

sitio web del LITC en ES.TaxpayerAdvocate.IRS.gov/LITCmap o vea la Publicación 4134, Lista de las Clínicas para

Contribuyentes de Bajos Ingresos del IRS. Esta publicación está disponible en línea en IRS.gov/Forms-Pubs o llamando libre de

costo al 800-TAX-FORM (800-829-3676).

Sugerencias para Mejorar al IRS

Panel de Defensa del Contribuyente

Los contribuyentes tienen la oportunidad de proveer comentarios al IRS por medio del Taxpayer Advocacy Panel (Panel de

Defensa del Contribuyente o TAP, por sus siglas en inglés). El TAP es un Comité Asesor Federal compuesto por un panel

independiente de ciudadanos voluntarios que escuchan a los contribuyentes, identifican los problemas sistémicos de los

contribuyentes y hacen sugerencias para mejorar el servicio prestado por el IRS. Comuníquese con el TAP en ES.ImproveIRS.org.

4

Affordable Care Act (Ley de Cuidado de Salud a

Bajo Precio) — Lo que Usted Necesita Saber

Requisito de Conciliar los Pagos por Adelantado del Crédito Tributario

de Prima de Seguro Médico

El crédito tributario de prima de seguro médico ayuda a pagar las primas de un seguro médico adquirido a través

del Mercado de Seguros Médicos. Las personas que reúnen los requisitos pueden tener pagos por adelantado del

crédito tributario de prima de seguro médico efectuados en su nombre directamente a la compañía de seguros.

Si usted o un miembro de su familia se inscribió en un seguro médico que adquirió a través del Mercado de Seguros

Médicos y pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico fueron efectuados a su compañía

de seguros para reducir la cantidad de la prima que paga mensualmente, usted tiene que adjuntar el Formulario

8962 a su declaración para conciliar (comparar) los pagos por adelantado con su crédito tributario de prima de

seguro médico para el año.

Se requiere que el Mercado de Seguros Médicos envíe el Formulario 1095-A para el 31 de enero de 2026, indicando

los pagos por adelantado y otra información que usted necesita para completar el Formulario 8962.

1. Usted necesitará el Formulario 1095-A que le envíe el Mercado de Seguros Médicos.

2. Complete el Formulario 8962 para reclamar el crédito y para conciliar sus pagos por adelantado del

crédito.

3. Incluya el Formulario 8962 con su Formulario 1040, 1040-SR o 1040-NR. (No incluya el Formulario

1095-A).

Informe de la Cobertura del Seguro Médico

Si usted o alguien en su familia fue un empleado en 2025, su empleador puede estar requerido a enviarle el

Formulario 1095-C. La Parte II del Formulario 1095-C indica si su empleador le ofreció cobertura de un seguro

médico y, si es así, información sobre la oferta. Usted debe recibir el Formulario 1095-C para principios de

marzo de 2026. Esta información puede ser relevante si usted adquirió cobertura de seguro médico para 2025 a

través del Mercado de Seguros Médicos y desea reclamar el crédito tributario de prima de seguro médico en la

línea 9 del Anexo 3. Sin embargo, usted no necesita esperar a recibir este formulario antes de presentar su

declaración. Usted puede basarse en otra información que reciba de su empleador. Si no desea reclamar el

crédito tributario de prima de seguro médico para 2025, no necesita la información en la Parte II del Formulario

1095-C. Para más información sobre quién reúne los requisitos para el crédito tributario de prima de seguro

médico, consulte las Instrucciones para el Formulario 8962.

Recordatorio: Cobertura del seguro médico. Si usted necesita cobertura del seguro médico, acceda a

www.CuidadoDeSalud.gov para aprender sobre las opciones de seguro médico disponibles a usted y a su

familia, cómo comprar seguro médico y cómo usted podría reunir los requisitos para recibir ayuda financiera

para comprar seguro médico.

5

Qué Hay de

Nuevo

Cuenta Trump y el nuevo Formulario

4547. Legislación recién promulgada

permite que los padres, tutores (guardianes) y otros individuos autorizados elijan el establecer un nuevo tipo de cuenta

personal de jubilación, llamada Cuenta

Trump, para el beneficio exclusivo de

ciertos hijos. Si el hijo nació después de

2024 y antes de 2029, es un ciudadano

de los EE. UU. y éste reúne ciertos otros

requisitos, el individuo autorizado puede

también hacer una elección para recibir

una aportación del programa piloto de

$1,000 a la Cuenta Trump del hijo. Ambas elecciones se pueden hacer en el

Formulario 4547, el cual puede presentarse al mismo tiempo que se presente la

declaración de impuestos sobre los ingresos de 2025 del individuo autorizado.

Para más información sobre las Cuentas

Trump y sobre cómo hacer estas elecciones, vea el Formulario 4547 y sus instrucciones.

La cantidad de la deducción estándar

ha aumentado. Para 2025, la cantidad

de la deducción estándar ha aumentado

para todos los declarantes. Las nuevas

cantidades se indican a continuación:

• $15,750–Soltero o Casado que presenta una declaración por separado.

• $31,500–Casado que presenta una

declaración conjunta o Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos.

• $23,625–Cabeza de familia.

Límite de aportación de actualización

más alto para edades de 60 a 63 años.

Si, al final de 2025, usted tenía por lo

menos 60 años de edad pero menos de

64 años de edad, y participó en un plan

de compensación diferida (incluyendo la

mayoría de los planes conforme a las

secciones 401(k) y 403(b), planes gubernamentales conforme a la sección 457 y

la Thrift Savings Plan (Cuenta de ahorros para la jubilación) gubernamental,

le puede aplicar un límite de aportación

de actualización adicional más alto. Para

2025, este límite de aportación de actualización es $11,250 ($5,250 para planes

6

Para obtener información sobre cualquier cambio adicional a la ley tributaria para el

año 2025 o cualquier otro acontecimiento que afecte al Formulario 1040 o 1040-SR o

las instrucciones, acceda a IRS.gov/Form1040SP.

Formularios, instrucciones y publicaciones en español. Para descargar, ver o imprimir formularios, instrucciones y publicaciones que están disponibles en español, acceda a IRS.gov/SpanishForms.

conforme a la sección 401(k)(11) y planes SIMPLE). Para más información,

comuníquese con el administrador de su

plan.

La vivienda principal fue en los Estados Unidos. Si su vivienda principal (y

la del cónyuge si presenta una declaración conjunta) fue en los EE. UU. durante más de la mitad de 2025, marque

el recuadro en el frente del Formulario

1040 or 1040-SR. Proveer esta información ayudará al IRS determinar su elegibilidad para ciertos beneficios tributarios, incluyendo el crédito por ingreso

del trabajo.

Cambios a la sección titulada Dependientes. La sección titulada Dependientes ahora tiene filas enumeradas y

pide más información sobre usted y sus

dependientes. Se solicita esta nueva información para ayudar al IRS determinar

su elegibilidad para ciertos beneficios

tributarios, incluyendo el crédito tributario por hijos, el crédito por otros dependientes y el crédito por ingreso del trabajo.

Información adicional anotada. Comenzando en 2025, la mayoría de las palabras, códigos y/o cantidades de dólares

que se usan para explicar una partida de

ingreso o deducción, y que antes tenía

que anotar al lado de una línea específica, tienen ahora un recuadro dedicado o

un espacio de entrada provisto.

Contribuyente Fallecido. Si necesita

presentar una declaración para alguien

que falleció antes de presentar una declaración para 2025, marque el recuadro

“Falleció” en la parte superior del Formulario 1040 o 1040-SR y anote la fecha en que falleció. Para más información, vea Contribuyente Fallecido.

Contribuciones a un programa gubernamental de licencia familiar pagada.

Comenzando en 2025, si usted hizo contribuciones a un programa gubernamental de licencia familiar pagada, ahora incluirá la cantidad total de esas

contribuciones en su ingreso. Si detalla

sus deducciones en el Anexo A, puede

incluir las cantidades de esas contribuciones como parte de los impuestos estatales y locales que pagó.

Formulario 1099-DA. Si, en 2025, usted usó un corredor para efectuar la venta de un activo digital, su corredor debe

enviarle a usted un Formulario

1099-DA, Digital Asset Proceeds From

Broker Transactions (Ingresos de activos digitales por transacciones de corredores), que declare la información sobre

la transacción. En 2025, su corredor tiene la opción de declarar su base en el activo digital en el Formulario 1099-DA

pero no está requerido a hacerlo. Si su

corredor no declaró su base en el Formulario 1099-DA, usted tendrá que usar

sus libros y registros para determinar su

base. Como recordatorio, usted tiene que

contestar la pregunta de activos digitales

en el Formulario 1040 independientemente de si recibió o no un Formulario

1099-DA y usted tiene que declarar la

ganancia o pérdida de la transacción con

respecto a los activos digitales (vea la línea 7(a)). Para más información, vea las

Instrucciones para el Formulario

1099-DA.

Pagos electrónicos y depósito directo.

Si usted tiene acceso a servicios bancarios o sistemas de pago electrónico de

los EE. UU., usted debe usar depósito

directo para cualesquier reembolsos. El

IRS recomienda pagar de manera electrónica cuando sea posible. Las opciones

para pagar electrónicamente incluyen

usar su cuenta bancaria con Direct Pay

(Pago directo), su tarjeta de débito o crédito, su monedero digital o su cuenta en

línea del IRS. Acceda a IRS.gov/Pagos

para ver todas sus opciones de pago.

También, vea IRS.gov/ModernPayments.

Nuevas deducciones para los contribuyentes que detallen sus deducciones

y para los que no lo hagan. Legislación recién promulgada ha provisto cuatro nuevas deducciones que entran en

vigor comenzando en 2025. Si usted es

elegible, puede reclamar estas deducciones si usted toma la deducción estándar

o si detalla las deducciones en el Anexo

A. Para más información sobre estas deducciones, vea las Instrucciones para el

Anexo 1-A. Las nuevas deducciones son

las siguientes:

• No hay impuestos sobre las propinas. Usted podría ser elegible para tomar una deducción por propinas calificadas pagadas a usted en 2025. No

puede deducir más de $25,000 de esas

propinas. Su deducción será limitada si

su ingreso bruto ajustado modificado es

mayor de $150,000 ($300,000, si es casado que presenta una declaración conjunta). Para ser elegible, usted y/o su

cónyuge que haya recibido propinas tiene que tener un número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) válido. Si usted está casado, tiene que

presentar una declaración conjunta.

• No hay impuestos sobre la paga

por horas extras. Si usted devengó paga

por horas extras calificada, podría ser

elegible para deducir hasta $12,500

($25,000, si es casado que presenta una

declaración conjunta) de su paga por horas extras calificada. Su deducción será

limitada si su ingreso bruto ajustado modificado es mayor de $150,000

($300,000, si es casado que presenta una

declaración conjunta). Para ser elegible,

usted y/o su cónyuge que haya recibido

la paga por horas extras calificada tiene

que tener un SSN válido. Si usted está

casado, tiene que presentar una declaración conjunta.

• No hay impuestos sobre interés de

préstamo de vehículo de pasajeros. Si

usted pagó o acumuló interés de préstamo de vehículo de pasajeros calificado

sobre un vehículo que compró en 2025

para uso personal, podría ser elegible

para deducir hasta $10,000 de ese interés. Su deducción será limitada si su ingreso bruto ajustado modificado es mayor de $100,000 ($200,000, si es casado

que presenta una declaración conjunta).

• Deducción mejorada para personas de 65 años de edad o más. Si usted

nació antes del 2 de enero de 1961, podría ser elegible para una deducción mejorada para personas de 65 años de edad

o más. Su deducción será limitada si su

ingreso bruto ajustado modificado es

mayor de $75,000 ($150,000, si es casado que presenta una declaración conjun-

ta). Para ser elegible, usted y/o su cónyuge tiene que tener un SSN válido. Si

usted está casado, tiene que presentar

una declaración conjunta. La cantidad

máxima de la deducción es $6,000

($12,000, si ambos cónyuges son elegibles).

Nuevo Anexo 1-A. Un nuevo anexo para el Formulario 1040, Anexo 1-A, ha

sido creado para que los contribuyentes

puedan reclamar una deducción por las

recién promulgadas deducciones de no

hay impuestos sobre las propinas, no

hay impuestos sobre la paga por horas

extras, no hay impuestos sobre interés

de préstamo de vehículo de pasajeros y

la deducción mejorada para personas de

65 años de edad o más. Para más información, vea las Instrucciones para el

Anexo 1-A.

El límite sobre la deducción por impuestos estatales y locales ha aumentado. El límite total sobre la deducción

por impuestos estatales y locales sobre

los ingresos, las ventas y la propiedad ha

aumentado a $40,000 ($20,000, si es casado que presenta una declaración por

separado). El límite total se reduce si su

ingreso bruto ajustado modificado es

mayor de $500,000 ($250,000, si es casado que presenta una declaración por

separado), pero el límite no se reducirá

por debajo de $10,000 ($5,000, si es casado que presenta una declaración por

separado). Para más información, vea

las Instrucciones para el Anexo A.

Cambios al crédito tributario por hijos y al crédito tributario adicional

por hijos. Legislación recién promulgada hizo permanente el aumento a la cantidad del crédito tributario por hijos

(CTC, por sus siglas en inglés) y del crédito tributario adicional por hijos

(ACTC, por sus siglas en inglés). Para

2025, la cantidad máxima del CTC ha

aumentado a $2,200 por hijo calificado

y de esa cantidad $1,700 se pueden reclamar como ACTC. Además, comenzando en 2025, para ser elegible para reclamar el CTC o ACTC, usted tiene que

tener un SSN válido, lo cual significa

que éste es válido para trabajar y que ha

sido expedido antes de la fecha de vencimiento de su declaración (incluyendo

prórrogas). Si usted presenta una declaración conjunta, sólo uno de los cónyuges tiene que tener un SSN válido para

poder ser elegible para el CTC y el

ACTC. El otro cónyuge tiene que tener o

un SSN o un ITIN y éste tiene que haber

sido expedido en o antes de la fecha de

vencimiento de la declaración (incluyendo prórrogas).

Cambios al crédito por adopción. Legislación recién promulgada hizo cambios al crédito por adopción. Los siguientes cambios entran en vigor en

2025:

• Hasta $5,000 del crédito por

adopción es reembolsable. Hasta $5,000

de su crédito por adopción podría ser

reembolsable. La cantidad de la porción

reembolsable se determina por separado

para cada hijo elegible.

• Paridad para gobiernos de tribus

indígenas. Los gobiernos tribales ahora

tendrán paridad para propósitos de determinaciones de adopciones con necesidades especiales. Esto significa que las determinaciones de necesidades especiales

que hagan tanto un gobierno estatal como un gobierno de tribu indígena serán

reconocidas para propósitos del crédito

por adopción.

Para más información, vea el Formulario 8839 y sus instrucciones.

Elección para pagar a plazos el impuesto sobre la venta o intercambio de

un terreno agropecuario. Si su año tributario comenzó después del 4 de julio

de 2025 y usted vendió o intercambió un

terreno agropecuario calificado a un

agricultor calificado después de esa fecha, puede elegir pagar en cuatro plazos

iguales la responsabilidad del impuesto

sobre los ingresos neta resultante de la

venta o intercambio. Para más información, vea las instrucciones para el Anexo

3. También, vea el Formulario 1062 y

sus instrucciones.

Gastos de investigación y experimentación domésticos. Comenzando en

2025, a los contribuyentes se les permite

deducir gastos de investigación o experimentación domésticos. Alternativamente, los contribuyentes pueden elegir el

cargar sus gastos de investigación o experimentación domésticos a una cuenta

de capital y deducir éstos de manera

prorrateada a lo largo de un período de

no menos de 60 meses (comenzando con

el mes en el cual los contribuyentes por

primera vez realizaron los beneficios de

tales gastos).

Requisitos de presentación para el

Formulario 1099-K actualizados. Las

7

compañías de tarjetas de pago, las aplicaciones de pagos y los mercados en línea están requeridos a enviarle un Formulario 1099-K sólo cuando la cantidad

de sus transacciones de negocio durante

el año sea más de $20,000 y el número

total de sus transacciones sea más de

200.

8

Nueva opción para citas programadas

en los Centros de Asistencia al Contribuyente (TAC). Comenzando en 2025,

los contribuyentes que tengan citas programadas en un Centro de Asistencia al

Contribuyente (TAC, por sus siglas en

inglés) pueden optar por recibir confir-

maciones, recordatorios y notificaciones

de cancelación de citas directamente a

sus dispositivos móviles por medio de

mensajes de texto.

reglas aplican a todos los ciudadanos estadounidenses, sin tomar en cuenta donRequisitos para deEstasviven,

y también a los extranjeros residentes.

¿Ha intentado usar el sistema e-file del IRS? Es la manera más rápida de obtener su

la Presentación reembolso y es gratis si usted es elegible. Visite IRS.gov/Espanol para más detalles.

¿Tiene que

Presentar?

Use la Tabla A, B o C para saber si tiene

que presentar una declaración. Los ciudadanos estadounidenses que vivieron

en o recibieron ingresos con fuentes en

un territorio estadounidense deben consultar la Publicación 570. Los residentes

de Puerto Rico pueden consultar el Tema

Tributario 901 para saber si tienen que

presentar una declaración de impuestos

federal.

Aun si usted de otra manera no

tiene que presentar una declaración, debería aún presentarla

para obtener un reembolso de todo impuesto federal sobre los ingresos que se

le haya retenido. También debería presentar una declaración si usted es elegible para cualquiera de los siguientes

créditos:

CONSEJO

• Crédito por ingreso del trabajo.

• Crédito tributario adicional por

hijos.

• Crédito tributario de oportunidad

para los estadounidenses.

• Crédito tributario de prima de seguro médico.

• Crédito por adopción reembolsable.

Consulte la Publicación 501 para obtener detalles. Consulte también dicha

publicación si usted no tiene que presentar una declaración de impuestos pero

recibió un Formulario 1099-B o un Formulario 1099-DA (o un documento sustitutivo).

Requisito de conciliar los pagos por

adelantado del crédito tributario de

prima de seguro médico. Si usted, su

cónyuge con quien presenta una declaración conjunta o un dependiente de usted

se inscribió en la cobertura a través del

Mercado de Seguros Médicos para 2025

y se hacen pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico para esta cobertura, usted tiene que

presentar una declaración para 2025 y

adjuntar el Formulario 8962. Usted (o

quien lo haya inscrito) debe haber recibido el Formulario 1095-A del Mercado

de Seguros Médicos con la información

acerca de su cobertura y cualesquier pagos por adelantado.

Usted tiene que adjuntar el Formulario 8962 aun si otra persona fue quien lo

inscribió a usted, su cónyuge o su dependiente. Si usted es reclamado como

un dependiente en la declaración de impuestos de 2025 de otra persona, no tendrá que adjuntar el Formulario 8962.

Excepción para ciertos hijos menores

de 19 años de edad o estudiantes a

tiempo completo. Si ciertas condiciones aplican, usted puede optar por incluir en su declaración el ingreso de un

hijo menor de 19 años de edad al final

de 2025 o que fue estudiante a tiempo

completo y menor de 24 años de edad al

final de 2025. Para hacerlo, use el Formulario 8814. Si opta por esto, su hijo

no tiene que presentar una declaración.

Para detalles, consulte el Tema

Tributario 553 o vea el Formulario

8814.

Un hijo nacido el 1 de enero de 2002

se considera que tiene 24 años de edad

al final de 2025. No use el Formulario

8814 para tal hijo.

Extranjeros residentes. Estas reglas

también le aplican si usted fue extranjero residente. Además, usted podría calificar para ciertos beneficios conforme a

tratados de impuestos. Por lo general,

usted es un extranjero residente si cumple con el requisito de la tarjeta de residencia (tarjeta verde o green card, como

se conoce en inglés) o el requisito de

presencia sustancial para 2025. Vea la

Publicación 519 para detalles.

Extranjero no residente y extranjero

con doble residencia. Estas reglas también le aplican si usted fue extranjero no

residente o extranjero con doble residencia y ambas de las siguientes condiciones le aplican:

• Estaba casado con un ciudadano o

extranjero residente de los Estados Unidos al final de 2025.

• Usted escogió tributar como extranjero residente.

Para más información, vea Extranjeros

no residentes y extranjeros con doble

residencia, más adelante y la Publicación 519.

Hay unas reglas específicas

que aplican para determinar si

´

PRECAUCION

usted es un extranjero residente, extranjero no residente o extranjero

con doble residencia. La mayoría de los

extranjeros no residentes y extranjeros

con doble residencia tienen requisitos de

presentación diferentes y podrían tener

que presentar el Formulario 1040-NR.

La Publicación 519 aborda estos requisitos y otra información que ayuda a los

extranjeros a cumplir con las leyes tributarias de los Estados Unidos.

!

¿Cuándo y Dónde

Tengo que Presentar

la Declaración?

Presente el Formulario 1040 o 1040-SR

a más tardar el 15 de abril de 2026. Si

presenta su declaración luego de esta fecha, quizás tenga que pagar intereses y

multas. Vea Intereses y Multas, más

adelante.

Si usted estaba prestando servicios

en, o en apoyo de, las Fuerzas Armadas

de los EE. UU. en una zona de combate

designada u operación de contingencia,

usted podría presentar más tarde. Vea la

Publicación 3 para más detalles.

Si usted presenta su declaración electrónicamente, no tiene que enviarla por

correo. Sin embargo, si usted opta por

enviarla por correo en vez de presentarla

electrónicamente, puede encontrar las

instrucciones para presentar y las direcciones al final de estas instrucciones.

9

La tabla al final de estas instrucciones provee las direcciones para enviar su declaración.

Use estas direcciones para los Formularios 1040 o 1040-SR presentados en

2026. Las direcciones para las declaraciones presentadas después de 2026

pueden ser diferentes. Acceda a IRS.gov/

Form1040SP para averiguar si éstas se

han actualizado.

de vencimiento de su declaración, usted

reúne una de las siguientes condiciones:

• Está viviendo fuera de los Estados

Unidos y Puerto Rico y su lugar principal de negocios o puesto de servicio se

encuentra fuera de los Estados Unidos y

Puerto Rico.

• Está prestando servicio militar o

naval fuera de los Estados Unidos y

Puerto Rico.

¿Qué Ocurre si No Puede

Presentar a Tiempo?

Esta prórroga le da 2 meses adicionales para presentar y pagar el impuesto,

pero se le cobrarán intereses desde la fecha de vencimiento original de su declaración sobre cualquier impuesto que no

haya pagado. Usted tiene que adjuntar a

su declaración una explicación de la situación que le da derecho a la prórroga.

Si no puede presentar la declaración

dentro del plazo de prórroga automática

de 2 meses, puede recibir una prórroga

adicional de 4 meses si presenta el Formulario 4868 a más tardar el 15 de junio

de 2026. Esta prórroga adicional de 4

meses para presentar no extiende el plazo para pagar su impuesto. Vea el Formulario 4868.

CONSEJO

Usted puede obtener una prórroga automática de 6 meses para presentar su declaración de impuestos si, a más tardar

en la fecha de vencimiento del plazo para presentar la declaración, presenta el

Formulario 4868. Si quiere solicitar una

prórroga automática electrónicamente,

vea el Formulario 4868 para detalles.

Una prórroga automática de 6

meses para presentar su decla´

PRECAUCION

ración de impuestos no prolonga el plazo para pagar el impuesto. Si

no paga la cantidad adeudada para la

fecha de vencimiento original de su declaración, adeudará intereses sobre la

cantidad del impuesto sin pagar y tal

vez tenga que pagar multas. Vea el Formulario 4868.

!

Si es ciudadano o extranjero residente

estadounidense, podría calificar para una

prórroga automática del plazo para presentar sin tener que presentar el Formulario 4868. Usted califica si, en la fecha

10

Servicios de Entrega

Privados

Si opta por enviar su declaración por correo, puede usar ciertos servicios de entrega privados (PDS, por sus siglas en

inglés) designados por el IRS para satisfacer el requisito de “enviar a tiempo

equivale a presentar/pagar a tiempo” para las declaraciones y pagos de impues-

tos. Estos servicios de entrega privados

incluyen solamente los siguientes:

• DHL Express 9:00, DHL Express

10:30, DHL Express 12:00, DHL Express Worldwide, DHL Express Envelope, DHL Import Express 10:30, DHL

Import Express 12:00 y DHL Import Express Worldwide.

• UPS Next Day Air Early A.M.,

UPS Next Day Air, UPS Next Day Air

Saver, UPS 2nd Day Air, UPS 2nd Day

Air A.M., UPS Worldwide Express Plus

y UPS Worldwide Express.

• FedEx First Overnight, FedEx

Priority Overnight, FedEx Standard

Overnight, FedEx 2 Day, FedEx International Next Flight Out, FedEx International Priority, FedEx International

First y FedEx International Economy.

Si desea saber las actualizaciones que

se han hecho a la lista de los servicios de

entrega privados designados por el IRS,

acceda a IRS.gov/PDS. Para las direcciones de envío del IRS a utilizar si usa un

servicio de entrega privado, acceda a

IRS.gov/PDSStreetAddresses.

El servicio de entrega privado puede

decirle cómo obtener una prueba escrita

de la fecha de envío.

Sólo el Servicio Postal de los

EE. UU. puede entregar en

´

PRECAUCION

apartados de correos. Usted no

puede utilizar un servicio de entrega

privado para realizar pagos de impuesto

que requieran enviarse a un apartado de

correos.

!

Tabla A —Para la Mayoría de los Contribuyentes

ENTONCES presente una

declaración si su ingreso

bruto** era al menos...

SI su estado civil para efectos de

la declaración es...

Y al final del año 2025 usted

tenía...*

Soltero

menos de 65 años de edad

65 años de edad o más

$15,750

17,750

Casado que presenta una declaración

conjunta***

menos de 65 años de edad (ambos

cónyuges)

65 años de edad o más (un cónyuge)

65 años de edad o más (ambos

cónyuges)

$31,500

33,100

34,700

Casado que presenta una declaración

por separado

cualquier edad

Cabeza de familia

menos de 65 años de edad

65 años de edad o más

$23,625

25,625

Cónyuge sobreviviente que reúne los

requisitos

menos de 65 años de edad

65 años de edad o más

$31,500

33,100

$5

* Si nació el 1 de enero de 1961, se considera que tiene 65 años de edad al final del año 2025. (Si su cónyuge falleció en

2025 o si se está preparando una declaración para alguien que falleció en 2025, vea la Publicación 501).

** Ingreso bruto significa todo ingreso que usted haya recibido en forma de dinero, bienes, propiedades y servicios que

no esté exento de impuestos, incluyendo todo ingreso de fuentes fuera de los Estados Unidos o la venta de su vivienda

principal (aun si puede excluir una parte o la totalidad de ese ingreso). No incluya los beneficios del Seguro Social, a

menos que (a) usted sea un contribuyente casado que presenta una declaración por separado y vivió con su cónyuge en

cualquier momento de 2025 o (b) la mitad de sus beneficios del Seguro Social más el resto de su otro ingreso bruto y todo

interés exento de impuesto sean superiores a $25,000 ($32,000 si es casado que presenta una declaración conjunta). Si le

corresponde el punto (a) o (b), vea las instrucciones para líneas 6a y 6b para calcular la parte tributable de los

beneficios del Seguro Social que tiene que incluir en el ingreso bruto. El ingreso bruto incluye las ganancias, pero no las

pérdidas, que se declaran en el Formulario 8949 o en el Anexo D. El ingreso bruto proveniente de un negocio, por

ejemplo, es la cantidad que se incluye en la línea 7 del Anexo C o en la línea 9 del Anexo F. Pero, al calcular el ingreso

bruto, no reduzca éste por cualesquier pérdidas, incluyendo las pérdidas que se incluyen en la línea 7 del Anexo C o en la

línea 9 del Anexo F.

*** Si no vivía con su cónyuge al final del año 2025 (o en la fecha en que falleció su cónyuge) y su ingreso bruto era al

menos $5, tiene que presentar una declaración independientemente de su edad.

11

Tabla B —Para Hijos y Otros Dependientes (Vea ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su

Dependiente?, más adelante).

Si sus padres (u otra persona) pueden reclamarlo a usted como dependiente, use esta tabla para saber si tiene que presentar una

declaración.

En esta tabla, el ingreso no derivado del trabajo incluye intereses tributables, dividendos ordinarios y distribuciones de ganancias de

capital. También incluye la compensación por desempleo, beneficios tributables del Seguro Social, pensiones, anualidades y

distribuciones de ingresos no derivados del trabajo provenientes de un fideicomiso. El ingreso del trabajo incluye sueldos, salarios,

propinas, honorarios profesionales y becas de estudios y de desarrollo profesional tributables. El ingreso bruto es el total del ingreso

del trabajo e ingresos no derivados del trabajo.

Dependientes solteros. ¿Tenía usted 65 años de edad o más o estaba ciego?

No. Tiene que presentar una declaración de impuestos si alguna de las siguientes situaciones le corresponde:

• Sus ingresos no derivados del trabajo eran mayores de $1,350.

• Su ingreso del trabajo era mayor de $15,750.

• Su ingreso bruto era superior a la mayor de—

• $1,350 o

• Su ingreso del trabajo (hasta $15,300) más $450.

Sí. Tiene que presentar una declaración de impuestos si alguna de las siguientes situaciones le corresponde:

• Sus ingresos no derivados del trabajo eran mayores de $3,350 ($5,350 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego).

• Su ingreso del trabajo era mayor de $17,750 ($19,750 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego).

• Su ingreso bruto era superior a la mayor de—

• $3,350 ($5,350 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego) o

• Su ingreso del trabajo (hasta $15,300) más $2,450 ($4,450 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego).

Dependientes casados. ¿Tenía usted 65 años de edad o más o estaba ciego?

No. Tiene que presentar una declaración de impuestos si alguna de las siguientes situaciones le corresponde:

• Sus ingresos no derivados del trabajo eran mayores de $1,350.

• Su ingreso del trabajo era mayor de $15,750.

• Su ingreso bruto era de por lo menos $5, y su cónyuge presenta una declaración de impuestos por separado y éste detalla

sus deducciones.

• Su ingreso bruto era superior a la mayor de—

• $1,350 o

• Su ingreso del trabajo (hasta $15,300) más $450.

Sí. Tiene que presentar una declaración de impuestos si alguna de las siguientes situaciones le corresponde:

• Sus ingresos no derivados del trabajo eran mayores de $2,950 ($4,550 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego).

• Su ingreso del trabajo era mayor de $17,350 ($18,950 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego).

• Su ingreso bruto era de por lo menos $5, y su cónyuge presenta una declaración de impuestos por separado y éste detalla

sus deducciones.

• Su ingreso bruto era superior a la mayor de—

• $2,950 ($4,550 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego) o

• Su ingreso del trabajo (hasta $15,300) más $2,050 ($3,650 si tenía 65 años de edad o más y estaba ciego).

12

Tabla C —Otras Situaciones en las que Tiene que Presentar una Declaración

Si alguna de las condiciones que se indican a continuación le corresponde, tiene que presentar la declaración para 2025.

1.

Adeuda algunos impuestos especiales, incluyendo cualquiera de los siguientes (vea las instrucciones para el Anexo 2):

a. Impuesto mínimo alternativo.

b. Impuestos adicionales sobre un plan calificado, incluyendo un arreglo individual de ahorro para la jubilación (IRA, por sus

siglas en inglés) u otros planes con beneficios tributarios.

c. Impuestos sobre el empleo de empleados domésticos.

d. El impuesto del Seguro Social y del Medicare sobre propinas que usted no declaró a su empleador o sobre salarios

recibidos de un empleador que no retuvo dichos impuestos.

e. Impuestos del Seguro Social y del Medicare o el impuesto de Jubilación para Empleados Ferroviarios (conocido como

RRTA, por sus siglas en inglés), sobre propinas que no fueron recaudados y que usted declaró a su empleador o seguro de

vida colectivo a término e impuestos adicionales sobre cuentas de ahorros para gastos médicos.

f. Impuestos recuperados.

2.

Usted (o su cónyuge si presentan conjuntamente) recibió distribuciones de una cuenta de ahorros médicos (HSA, por sus

siglas en inglés), de una cuenta Archer MSA o de una cuenta Medicare Advantage MSA.

3.

Tiene ingresos netos del trabajo por cuenta propia de por lo menos $400.

4.

Tiene un salario de $108.28 o más de una iglesia o una organización calificada controlada por una iglesia que está exenta

de los impuestos del Seguro Social y del Medicare del empleador.

5.

Pagos por adelantado del crédito tributario de prima de seguro médico fueron hechos para usted, su cónyuge o un

dependiente porque se inscribieron en la cobertura de un seguro de salud a través del Mercado de Seguros Médicos. Usted

o quien lo haya inscrito debe haber recibido el (los) Formulario(s) 1095-A que demuestre(n) la(s) cantidad(es) pagada(s)

por adelantado.

6.

Usted está obligado a incluir cantidades en los ingresos conforme a la sección 965 del Código de Impuestos Internos o

tiene una responsabilidad tributaria neta conforme a la sección 965 que paga a plazos conforme a la sección 965(h) o

difiere al hacer una elección conforme a la sección 965(i).

7.

Usted compró un vehículo limpio nuevo o usado de un concesionario registrado y redujo la cantidad que usted pagó en el

momento de la venta transfiriendo el crédito al concesionario. Vea el Formulario 8936 y el Anexo A (Formulario 8936).

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

13

Instrucciones

para

las Líneas de

los

Formularios

1040

y 1040-SR

Nombre y Dirección

Escriba a máquina o en letra de molde

en los espacios provistos. Si es casado

que presenta una declaración por separado, anote el nombre de su cónyuge en el

espacio de entrada provisto en la sección

titulada Estado Civil debajo de los recuadros en vez de hacerlo debajo de su

nombre. Si usted está encarcelado actualmente, anote su número de identificación de recluso cerca de su apellido.

Si presentó una declaración

conjunta para 2024 y está presentando una declaración conjunta para 2025 con el mismo cónyuge,

asegúrese de anotar los nombres y números de Seguro Social en el mismo orden en el que los anotó en su declaración de 2024.

CONSEJO

Cambio de Nombre

Si ha cambiado su nombre debido a matrimonio, divorcio, etc., asegúrese de notificar el cambio inmediatamente a la

Administración del Seguro Social (SSA,

por sus siglas en inglés) antes de presentar su declaración. Esto ayudará a prevenir demoras al tramitar su declaración y

emitir su reembolso y también a salvaguardar sus beneficios futuros del Seguro Social.

Cambio de Dirección

Si tiene planes de mudarse después de

presentar su declaración, use el Formulario 8822, Change of Address (Cambio

de dirección), para notificarle al IRS sobre su nueva dirección.

14

!

También vea las instrucciones para los Anexos 1 a 3 que se encuentran luego

de las instrucciones para los Formularios 1040 y 1040-SR.

´

PRECAUCION

Qué formulario debe presentar. Todos pueden presentar el Formulario 1040. El Formulario 1040-SR está disponible para usted si nació antes del 2 de enero de 1961.

Declarantes con año fiscal. Si usted es un declarante que usa un año fiscal que no es

el año tributario del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, anote los meses cuando

comienza y termina su año fiscal en el espacio de entrada provisto en la parte superior

de la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR.

Las secciones a las cuales se hace referencia corresponden al Código Federal de Impuestos Internos a menos que se indique de otra manera.

Apartado Postal

Anote su apartado postal únicamente si

su oficina de correos no entrega correo a

la dirección física de su domicilio.

Dirección en el Extranjero

Si tiene una dirección en el extranjero,

anote el nombre de la ciudad en la línea

correspondiente. No anote ninguna otra

información en esa línea, sino que complete los espacios correspondientes a direcciones en el extranjero que se encuentran debajo de esa línea (“Nombre

del país extranjero”, “Provincia/estado/

condado extranjero” y “Código postal

extranjero”).

No abrevie el nombre del país.

Contribuyente Fallecido

Si un contribuyente fallece antes de presentar una declaración para el año 2025,

el cónyuge del contribuyente o su representante personal puede tener que presentar y firmar una declaración para ese

contribuyente. Un “representante personal” puede ser un albacea, administrador

o cualquier persona que esté a cargo de

los bienes del contribuyente fallecido. Si

el contribuyente fallecido no tenía que

presentar una declaración pero se le retuvo impuesto, se tiene que presentar

una declaración para poder obtener un

reembolso. La persona que presenta la

declaración tiene que marcar el recuadro

“Falleció” en la parte superior de la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR.

También tiene que anotar la fecha en que

falleció en los espacios de entrada provistos. Si se presenta una declaración

para ambos cónyuges fallecidos en

2025, la persona que presenta la declaración tiene que marcar el recuadro “Falleció” y anotar la fecha en que fallecieron

tanto para el contribuyente primario como para el cónyuge.

Si su cónyuge falleció en 2025 y usted no se volvió a casar en 2025, o si su

cónyuge falleció en 2026 antes de presentar una declaración para 2025, usted

puede presentar una declaración conjunta. Una declaración conjunta debe mostrar el ingreso que recibió su cónyuge en

2025 antes de fallecer y el ingreso de usted durante todo 2025. Marque el recuadro “Falleció” en la parte superior de la

página 1 del Formulario 1040 o

1040-SR y anote la fecha en que su cónyuge falleció en los espacios de entrada

provistos después de “Cónyuge”. Anote

“Filing as surviving spouse” (Presentando como cónyuge sobreviviente) en el

área donde usted firma la declaración. Si

otra persona aparte de usted es el representante personal, entonces esta persona

también tiene que firmar la declaración.

El no completar esta sección puede

retrasar la tramitación de la declaración.

Todos los pagadores de ingreso, incluyendo las instituciones financieras,

deben de ser notificados inmediatamente

sobre el fallecimiento del contribuyente.

Esto asegurará el informe adecuado del

ingreso obtenido por el patrimonio (caudal hereditario) o herederos del contribuyente. El número de Seguro Social de

un contribuyente fallecido no debe usarse para los años tributarios posteriores al

año de su fallecimiento, excepto para

propósitos de la declaración de impuestos sobre la herencia.

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

Número de Seguro

Social (SSN)

El no proveer un número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) o

proveer un SSN incorrecto podría aumentar sus impuestos, disminuir su

reembolso o causar la demora de su

reembolso. Para solicitar un SSN, complete el Formulario SS-5-SP y envíelo,

junto con los documentos de evidencia

apropiados, a la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés). Puede obtener el Formulario SS-5SP en SSA.gov/forms/ss-5sp.pdf, su oficina local de la SSA o llamando al

800-772-1213. Por lo general, se tarda

alrededor de 2 semanas el obtener un

SSN una vez que la SSA tenga toda la

evidencia e información que necesita.

Verifique que su nombre y su SSN en

los Formularios 1040 o 1040-SR, W-2 y

1099 coincidan con la información en su

tarjeta de Seguro Social. Si la información en los formularios antes mencionados no está correcta, ciertas deducciones

y créditos reclamados en su Formulario

1040 o 1040-SR podrían ser reducidos o

denegados. También puede ser que no

reciba crédito en su cuenta de Seguro

Social. Si el SSN y/o su nombre en el

Formulario W-2 no está(n) correcto(s),

notifique a su empleador o al agente que

preparó el formulario lo antes posible

para que corrija el error y envíe la información corregida. De esta manera, recibirá el crédito en su cuenta de Seguro

Social. Si su nombre y/o su SSN no está(n) correcto(s) en su tarjeta de Seguro

Social, llame a la SSA.

Una vez se le expida un SSN, úselo

para presentar su declaración de impuestos. Use su SSN aunque el mismo no le

autorice a trabajar o si se le ha expedido

un SSN que lo autoriza a trabajar y usted

pierde la autorización para trabajar. No

se le expedirá un número de identificación del contribuyente del IRS (ITIN,

por sus siglas en inglés) una vez se le

haya expedido un SSN. Si usted recibe

su SSN luego de haber usado un ITIN

anteriormente, no siga utilizando su

ITIN. En vez de eso, use su SSN.

Números de Identificación

Personal del Contribuyente

del IRS (ITIN) para

Extranjeros

Si usted es extranjero no residente o es

extranjero residente y no tiene ni reúne

los requisitos para obtener un SSN, tiene

que solicitar un número de identificación personal del contribuyente del IRS

(ITIN, por sus siglas en inglés). Tarda alrededor de 7 semanas obtener un ITIN.

Si ya tiene un ITIN, anótelo en la declaración de impuestos en todo espacio

donde se le pida el SSN.

Algunos ITIN tienen que ser renovados. Si usted no ha usado su ITIN en una

declaración de impuestos federal al menos una vez para el año tributario 2022,

2023 o 2024, su ITIN ya venció y tiene

que ser renovado si usted tiene que presentar una declaración de impuestos federal. No necesita renovar su ITIN si no

necesita presentar una declaración de

impuestos federal. Usted puede encontrar más información en IRS.gov/ITIN.

Pulse sobre Español para ver la información en español.

El ITIN es sólo para propósitos tributarios federales. No le da derecho a obtener beneficios del Seguro Social y no

cambia el estado de empleo, ni el estado

migratorio conforme a las leyes estadounidenses.

Para más información sobre los ITIN,

incluyendo la solicitud, expiración y renovación, vea el Formulario W-7 y sus

instrucciones.

Si usted recibe un SSN luego de haber

usado un ITIN anteriormente, no siga

utilizando su ITIN. En vez de eso, use su

SSN. Visite una oficina local del IRS o

escriba una carta al IRS explicando que

ahora tiene un SSN y quiere que todos

sus archivos tributarios se combinen bajo su SSN. Detalles acerca de qué incluir

con la carta y dónde enviar la misma se

encuentran en IRS.gov/ITIN. Pulse sobre

Español para ver la información en español.

Cónyuge Extranjero No

Residente

• Ustedes presentan una declaración

conjunta o

• Su cónyuge presenta una declaración por separado.

Residencia en 2025

Si su vivienda principal y la de su cónyuge, si presenta una declaración conjunta, fue en los EE. UU. durante más de

la mitad de 2025, marque el recuadro. El

contestar esta pregunta ayudará al IRS

determinar su elegibilidad para ciertos

beneficios tributarios, incluyendo el crédito por ingreso del trabajo.

Fondo para la Campaña

Electoral Presidencial

Este fondo ayuda a pagar las campañas

electorales presidenciales. El fondo reduce la dependencia de los candidatos

de grandes contribuciones de individuos

y grupos y coloca a los candidatos en

igualdad de condiciones financieras en

las elecciones generales. El fondo también ayuda a pagar las investigaciones

médicas pediátricas. Si desea aportar $3

a este fondo, marque el recuadro correspondiente. Si presentan una declaración

conjunta, su cónyuge también puede

aportar $3 al fondo. Si marca el recuadro, esto no cambiará el impuesto que

pague ni el reembolso que reciba.

Estado Civil para

Efectos de la

Declaración

Marque solamente el recuadro que corresponde a su estado civil para efectos

de la declaración. Los estados civiles

que resultan en menos impuestos aparecen al final de la siguiente lista:

• Casado que presenta una declaración por separado.

• Soltero.

• Cabeza de familia.

• Casado que presenta una declaración conjunta.

• Cónyuge sobreviviente que reúne

los requisitos.

Para más información sobre el estado

matrimonial, vea la Publicación 501.

Si su cónyuge es extranjero no residente,

su cónyuge deberá tener un SSN o ITIN

si:

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

15

Si reúne los requisitos para

más de un estado civil para

efectos de la declaración, elija

el que le permita pagar menos impuestos.

CONSEJO

Soltero

Puede marcar el recuadro “Soltero” en la

sección titulada Estado Civil en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR si

alguna de las siguientes situaciones le

correspondía a usted el 31 de diciembre

de 2025:

• Nunca ha estado casado.

• Estaba legalmente separado de

acuerdo con la ley estatal conforme a un

fallo de divorcio o de manutención por

separación judicial. Pero si, al final de

2025, su divorcio no era final (un fallo

provisional), se le considera casado y no

puede marcar este recuadro.

• Enviudó antes del 1 de enero de

2025 y no se volvió a casar antes de terminar el año 2025. Pero si tiene un hijo,

es posible que pueda presentar su declaración utilizando el estado civil para

efectos de la declaración de cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos. Vea

las instrucciones para Cónyuge Sobreviviente que Reúne los Requisitos, más

adelante.

Casado que Presenta una

Declaración Conjunta

Puede marcar el recuadro “Casado que

presenta una declaración conjunta” en la

sección titulada Estado Civil en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR si

alguna de las siguientes situaciones le

corresponde:

• Estaba casado al final de 2025, aun

si no vivía con su cónyuge al final de

2025.

• Su cónyuge falleció en 2025 y usted no se volvió a casar en 2025.

• Estaba casado al final de 2025 y su

cónyuge falleció en 2026 antes de presentar una declaración para 2025.

Una pareja casada que presenta una

declaración conjunta declara el ingreso

combinado y deduce sus gastos permisibles combinados en una sola declaración. Pueden presentar una declaración

conjunta aun si sólo uno de ellos tuvo

ingresos o si no vivieron juntos todo el

año. No obstante, ambas personas tienen

que firmar la declaración. Una vez presente una declaración conjunta, no pue-

16

de optar por presentar declaraciones por

separado para ese año luego de la fecha

de vencimiento para presentar la declaración.

Deuda tributaria conjunta y solidaria.

Si presenta una declaración conjunta,

tanto usted como su cónyuge generalmente son responsables por el impuesto

y los intereses o multas que adeuden sobre la declaración. Esto significa que si

un cónyuge no paga el impuesto adeudado, el otro podría tener que hacerlo. O,

si un cónyuge no informa el impuesto

correcto, puede que ambos cónyuges

sean responsables por todo impuesto

adicional determinado por el IRS. Puede

que usted quiera presentar la declaración

por separado si:

• Usted cree que su cónyuge no está

declarando todo el ingreso de éste o

• Usted no quiere ser responsable de

todo el impuesto que su cónyuge adeude

si a su cónyuge no se le retiene suficiente impuesto o si no paga suficiente impuesto estimado.

Vea las instrucciones para Casado que

Presenta una Declaración por Separado. También vea Alivio del Cónyuge

Inocente bajo Información General,

más adelante.

Extranjeros no residentes y extranjeros con doble residencia. Por lo general, una pareja casada no puede presentar una declaración conjunta si uno de

los cónyuges es extranjero no residente

en cualquier momento durante el año tributario. Sin embargo, usted y su cónyuge pueden elegir ser tratados como residentes de los Estados Unidos para todo

el año y presentar una declaración conjunta si uno de los cónyuges era extranjero no residente al final del año tributario (el cónyuge no residente) y el otro

fue un ciudadano o residente de los Estados Unidos al final del año tributario.

Esta elección permanecerá en efecto en

los años siguientes hasta su terminación.

Usted y su cónyuge también pueden elegir presentar la declaración como residentes de los Estados Unidos durante todo el año si ambos son ciudadanos o

residentes de los Estados Unidos al final

del año y uno (o ambos) de ustedes fue

(fueron) no residente(s) al comienzo del

año (el (los) cónyuge(s) con doble residencia). Usted sólo puede hacer esta

elección por 1 año, y no aplica a ninguno de los años posteriores.

Si usted y su cónyuge están haciendo

cualesquiera de estas elecciones para ser

tratados como residentes de los Estados

Unidos para 2025, marque el recuadro

en la sección titulada Estado Civil y

anote el nombre del cónyuge extranjero

no residente o cónyuge(s) con doble residencia (cualquiera que le aplique a usted) en el espacio de entrada provisto.

También marque el recuadro y anote el

nombre de éste si usted y su cónyuge no

residente hicieron la elección para ser

tratados como residentes en un año anterior y la elección permanece en efecto.

Para hacer cualquier elección

para 2025, usted y su cónyuge

´

PRECAUCION

tienen que presentar una declaración conjunta y adjuntar una declaración escrita, firmada por ambos cónyuges, a su declaración. Para saber qué

información tiene que incluir en la declaración escrita, así como más información sobre estas elecciones, vea Cónyuge No Residente Tratado como Residente para extranjeros no residentes y

Cómo Elegir el Estado de Extranjero

Residente para extranjeros con doble

residencia en la Publicación 519, Guía

de Impuestos Estadounidenses para Extranjeros.

!

Casado que Presenta una

Declaración por Separado

Marque el recuadro “Casado que presenta una declaración por separado” en la

sección titulada Estado Civil en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR si

está casado al final de 2025 y presenta

una declaración por separado. Anote el

nombre de su cónyuge en el espacio de

entrada provisto. Asegúrese de anotar el

SSN o el ITIN de su cónyuge en el espacio de entrada provisto para el SSN de su

cónyuge en el Formulario 1040 o

1040-SR. Si su cónyuge no tiene y no se

le requiere tener un SSN o un ITIN, anote “NRA” (extranjero no residente, por

sus siglas en inglés) en el espacio provisto.

Para declaraciones presentadas electrónicamente, anote el nombre de su

cónyuge o “NRA” si su cónyuge no tiene

un SSN o ITIN en el espacio de entrada

provisto.

Si está casado y presenta una declaración por separado, generalmente declara

únicamente sus propios ingresos, deduc-

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

ciones y créditos. Por lo general, usted

es responsable sólo por el impuesto sobre su propio ingreso. Reglas diferentes

le aplican a las personas que viven en

estados donde rige la ley de los bienes

gananciales; vea la Publicación 555.

Sin embargo, usted normalmente pagará más impuestos usando este estado

civil para efectos de la declaración que

con otro estado civil para efectos de la

declaración para el cual usted reúna los

requisitos. Además, si presenta una declaración por separado, no puede tomar

la deducción por propinas calificadas, la

deducción por paga por horas extras calificada, la deducción mejorada para personas de 65 años de edad o más, la deducción por intereses sobre un préstamo

de estudios ni los créditos por estudios,

y usted sólo podrá reclamar el crédito

por ingreso del trabajo y el crédito por

gastos del cuidado de menores y dependientes en circunstancias muy limitadas.

Tampoco puede reclamar la deducción

estándar si su cónyuge detalla sus deducciones. Para situaciones en las cuales

usted tal vez quiera presentar la declaración por separado, vea Deuda tributaria conjunta y solidaria, anteriormente.

Usted podría presentar la declaración como cabeza de familia si tenía un hijo viviendo

con usted y usted vivió separado de su

cónyuge durante los últimos 6 meses de

2025. Vea Personas casadas que no viven juntas, más adelante.

CONSEJO

Cabeza de Familia

Puede marcar el recuadro “Cabeza de familia” en la sección titulada Estado Civil en la página 1 del Formulario 1040 o

1040-SR si se le considera no casado y

provee un hogar para ciertas otras personas. Se le considera no casado para este

propósito si alguna de las siguientes situaciones le corresponde:

• Estaba legalmente separado de

acuerdo con la ley estatal conforme a un

fallo de divorcio o de manutención por

separación judicial al final de 2025. Pero

si, al final de 2025, su divorcio no era final (un fallo provisional), se le considera

casado.

• Está casado pero no vivió con su

cónyuge durante los últimos 6 meses de

2025 y cumple con los otros requisitos

bajo Personas casadas que no viven

juntas, más adelante.

• Está casado y su cónyuge fue extranjero no residente en algún momento

durante el año y la elección de tratar al

cónyuge extranjero como extranjero residente no se hace. Vea Extranjeros no

residentes y extranjeros con doble residencia, anteriormente.

Marque el recuadro “Cabeza de familia”

sólo si no está casado (o se le considera

no casado) y reúne las condiciones bajo

el Requisito 1 o el Requisito 2.

Requisito 1. Pagó más de la mitad del

costo de mantener una vivienda que fue

la vivienda principal durante todo el año

2025 de su padre o madre al cual usted

puede reclamar como dependiente, excepto conforme a un acuerdo de manutención múltiple (vea ¿Quién Reúne los

Requisitos para Ser Su Dependiente?,

más adelante). Su padre o madre no tiene que haber vivido con usted.

Requisito 2. Pagó más de la mitad del

costo de mantener una vivienda en la

cual usted vivió y en la cual una de las

siguientes personas también vivió por

más de la mitad del año (si es la mitad o

menos, vea Excepción al tiempo que la

persona tiene que haber vivido con usted, más adelante).

1. Cualquier persona que usted pueda reclamar como dependiente. Pero no

incluye:

a. Un hijo que usted puede reclamar

como dependiente conforme a la regla

para Hijos de padres divorciados o separados bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más

adelante;

b. Cualquier persona que sea su dependiente sólo porque esa persona vivió

con usted durante todo el 2025; o

c. Cualquier persona que usted reclamó como un dependiente conforme a

un acuerdo de manutención múltiple.

Vea ¿Quién Reúne los Requisitos para

Ser Su Dependiente?, más adelante.

2. Su hijo calificado que no está casado y que no es su dependiente.

3. Su hijo calificado que está casado

y que no es su dependiente sólo porque

usted puede ser reclamado como dependiente en la declaración de 2025 de otra

persona.

4. Su hijo calificado quien, a pesar

de que usted es el padre o la madre con

custodia de éste, no es su dependiente

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

conforme a la regla para Hijos de padres divorciados o separados bajo

¿Quién Reúne los Requisitos para Ser

Su Dependiente?, más adelante.

Si el hijo no es reclamado como su

dependiente, anote el nombre del hijo en

el espacio de entrada provisto debajo de

“Cónyuge sobreviviente que reúne los

requisitos (QSS)”. Si no anota el nombre, nos tomará más tiempo tramitar su

declaración.

Hijo calificado. Para averiguar si alguien es su hijo calificado, vea el Paso 1

bajo ¿Quién Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante.

Dependiente. Para averiguar si alguien

es su dependiente, vea ¿Quién Reúne

los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante.

Los dependientes que usted reclama son aquéllos que usted

haya listado por nombre y SSN

en la sección titulada Dependientes en

el Formulario 1040 o 1040-SR.

CONSEJO

Excepción al tiempo que la persona

tiene que haber vivido con usted. Las

ausencias temporales por usted o la otra

persona debidas a circunstancias especiales, tales como las ausencias por educación, vacaciones, negocios, atención

médica, servicio militar o estancia en un

centro de detención para delincuentes

juveniles, cuentan como tiempo vivido

en la vivienda. También vea Hijo secuestrado, más adelante, bajo ¿Quién

Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, si corresponde.

Si la persona para la cual usted mantuvo una vivienda nació o falleció en

2025, es posible que pueda presentar la

declaración como cabeza de familia. Si

esa persona es su hijo calificado, el hijo

tiene que haber vivido con usted por

más de la mitad de la parte del año en

que el hijo estaba vivo. Si la persona es

cualquier otra persona que no sea su hijo

calificado, vea la Publicación 501. De

igual manera, si usted adoptó a la persona para la cual usted mantuvo una vivienda en 2025, la persona fue colocada

con usted legalmente para su adopción

legítima por usted en 2025 o la persona

era un hijo de crianza elegible colocado

con usted durante 2025, se considera

que la persona vivió con usted durante

más de la mitad de 2025 si su vivienda

17

principal era la vivienda principal de esta persona por más de la mitad del tiempo transcurrido desde que fue adoptada

o colocada con usted en 2025.

Mantenimiento de una vivienda. Para

averiguar qué se incluye en el costo de

mantener una vivienda, vea la Publicación 501.

Personas casadas que no viven juntas.

Aun si usted no estaba divorciado o legalmente separado al final de 2025, se le

considera no casado si usted reúne todos

los siguientes requisitos:

• Vivió separado de su cónyuge durante los últimos 6 meses de 2025. Las

ausencias temporales debidas a circunstancias especiales, tales como las ausencias por negocios, atención médica, educación o servicio militar, cuentan como

tiempo vivido en la vivienda.

• Presenta una declaración separada

de la de su cónyuge.

• Pagó más de la mitad del costo de

mantener su vivienda para el año 2025.

• Su vivienda fue la vivienda principal de su hijo, hijastro o hijo de crianza

durante más de la mitad del año 2025 (si

es la mitad o menos, vea Excepción al

tiempo que la persona tiene que haber

vivido con usted, anteriormente).

• Puede reclamar al hijo como dependiente o pudiera reclamarlo como

dependiente excepto que el otro padre o

madre del hijo puede reclamarlo conforme a la regla para Hijos de padres divorciados o separados bajo ¿Quién

Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante.

Hijo adoptivo. A un hijo adoptivo se

le trata siempre como hijo propio. Un hijo adoptivo incluye a un hijo que fue colocado con usted legalmente para su

adopción legítima.

Hijo de crianza. Un “hijo de crianza” es aquella persona que ha sido colocada con usted por una agencia autorizada para la colocación de hijos o por decisión, fallo u otra orden de cualquier

tribunal de jurisdicción competente.

Cónyuge Sobreviviente que

Reúne los Requisitos

Puede marcar el recuadro “Cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos” en

la sección titulada Estado Civil en la

página 1 del Formulario 1040 o

1040-SR y usar las tasas impositivas pa-

18

ra 2025 correspondientes a las declaraciones conjuntas si cumple con todas las

siguientes condiciones:

1. Su cónyuge falleció en el año

2023 o en el año 2024 y usted no se volvió a casar antes de terminar el año

2025.

2. Tiene un hijo o hijastro (no un hijo de crianza) a quien usted puede reclamar como dependiente o a quien podría

reclamar como dependiente, excepto que

para 2025:

a. El hijo tuvo un ingreso bruto de

$5,200 o más,

b. El hijo presentó una declaración

conjunta o

c. A usted se le puede reclamar como dependiente en la declaración de otra

persona.

Si el hijo no es reclamado como su

dependiente, anote el nombre del hijo en

el espacio de entrada provisto. Si no

anota el nombre, nos tomará más tiempo

tramitar su declaración.

3. Este hijo vivió en su vivienda durante todo el año 2025. Si el hijo no vivió con usted durante el tiempo requerido, vea Excepción al tiempo que la

persona tiene que haber vivido con usted, más adelante.

4. Pagó más de la mitad del costo de

mantener su vivienda.

5. Podría haber presentado una declaración conjunta con su cónyuge para

el año en que éste falleció. No importa si

usted de hecho llegó a presentar una declaración conjunta.

Si su cónyuge falleció en 2025, usted

no puede presentar la declaración como

cónyuge sobreviviente que reúne los requisitos. En vez de eso, vea las instrucciones para Casado que Presenta una

Declaración Conjunta, anteriormente.

Hijo adoptivo. A un hijo adoptivo se le

trata siempre como hijo propio. Un hijo

adoptivo incluye a un hijo que fue colocado con usted legalmente para su adopción legítima.

Dependiente. Para averiguar si alguien

es su dependiente, vea ¿Quién Reúne

los Requisitos para Ser Su Dependiente?, más adelante.

Los dependientes que usted reclama son aquéllos que usted

haya listado por nombre y SSN

en la sección titulada Dependientes en

el Formulario 1040 o 1040-SR.

CONSEJO

Excepción al tiempo que la persona

tiene que haber vivido con usted. Las

ausencias temporales por usted o el hijo

debidas a circunstancias especiales, tales

como las ausencias por educación, vacaciones, negocios, atención médica, servicio militar o estancia en un centro de

detención para delincuentes juveniles,

cuentan como tiempo vivido en la vivienda. También vea Hijo secuestrado,

más adelante, bajo ¿Quién Reúne los

Requisitos para Ser Su Dependiente?,

si corresponde.

Se considera que un hijo vivió con

usted durante todo el año 2025 si el hijo

nació o falleció en 2025 y su vivienda

fue la vivienda del hijo durante todo el

tiempo en el cual estuvo vivo. De igual

manera, si usted adoptó al hijo en 2025

o el hijo fue colocado con usted legalmente para su adopción legítima por usted en 2025, se considera que el hijo vivió con usted durante todo el año 2025

si su vivienda principal era la vivienda

principal del hijo por todo el tiempo

transcurrido desde que fue adoptado o

colocado con usted en 2025.

Mantenimiento de una vivienda. Para

averiguar qué se incluye en el costo de

mantener una vivienda, vea la Publicación 501.

Activos Digitales

Los activos digitales son cualesquier representaciones digitales de valor que se

registran en un registro distribuido con

seguridad criptográfica o cualquier tecnología similar. Por ejemplo, los activos

digitales incluyen non-fungible tokens

(tokens no fungibles o NFT, por sus siglas en inglés) y monedas virtuales, tales

como criptomonedas y stablecoins (criptomoneda estable). Si un activo particular tiene las características de un activo

digital, éste será tratado como un activo

digital para propósitos del impuesto federal sobre los ingresos.

Marque el recuadro “Sí” al lado de la

pregunta sobre activos digitales que aparece en la página 1 del Formulario 1040

o 1040-SR si en algún momento durante

2025 usted (a) recibió (como recompensa, premio o pago por bienes o servi-

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

cios); o (b) vendió, intercambió o de otra

manera enajenó un activo digital (o un

interés financiero en un activo digital).

Por ejemplo, marque “Sí” si en algún

momento durante 2025 usted:

• Recibió activos digitales como

método de pago por bienes o servicios

provistos;

• Recibió activos digitales como

resultado de recompensas o premios;

• Recibió nuevos activos digitales

como resultado de actividades de

minado (extracción), “staking”

(participación) y actividades similares;

• Recibió activos digitales como

resultado de una “hard fork”

(bifurcación dura);

• Enajenó algún activo digital en

intercambio por bienes o servicios;

• Enajenó algún activo digital en

intercambio o trueque por otro activo

digital;

• Vendió un activo digital; o

• De otra manera enajenó cualquier

otro interés financiero en un activo

digital.

Usted tiene un interés financiero en

un activo digital si usted es el titular

(dueño documentado) de un activo digital, o tiene una participación en una

cuenta que contiene uno o más activos

digitales (incluyendo los derechos y

obligaciones de adquirir un interés financiero), o usted tiene un monedero

que contiene activos digitales.

Generalmente, las siguientes acciones

o transacciones en 2025, por sí solas, no

requieren que usted marque el recuadro

“Sí”:

• La tenencia de un activo digital en

un monedero o cuenta;

• La transferencia de un activo

digital de un monedero que usted posea

o controle a otro monedero o cuenta que

usted posea o controle; o

• La compra de activos digitales

utilizando moneda de Estados Unidos u

otra moneda real, incluyendo por medio

del uso de plataformas electrónicas, tales

como PayPal y Venmo.

Si usted usó un corredor para efectuar

la venta de un activo digital, su corredor

debe enviarle a usted el Formulario

1099-DA. Usted tiene que contestar la

pregunta de activos digitales en el Formulario 1040 independientemente de si

recibió o no un Formulario 1099-DA.

No deje la pregunta sin contestar. Usted tiene que contestar

´

PRECAUCION

“Sí” o “No” marcando el recuadro apropiado. Para más información,

acceda

a

IRS.gov/

VirtualCurrencyFAQs y pulse sobre Español.

!

Cómo Declarar Transacciones de

Activos Digitales

Si, en 2025, usted enajenó algún activo

digital, que usted tenía como un bien de

capital, por medio de una venta, trueque,

intercambio, pago u otra transferencia,

marque el recuadro “Sí” y use el Formulario 8949 para calcular su ganancia o

pérdida de capital y declare esa ganancia

o pérdida en el Anexo D.

Si usted recibió algún activo digital

como compensación por servicios o enajenó algún activo digital que usted tenía

para la venta a clientes en una ocupación

o negocio, tiene que declarar los ingresos de la misma manera que usted decla-

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

raría otros ingresos del mismo tipo (por

ejemplo, salarios de un Formulario W-2

en la línea 1a del Formulario 1040 o

1040-SR, o inventario o servicios en el

Anexo C).

Si usted recibió ingresos ordinarios

en conexión con activos digitales que no

están declarados en otra parte de su declaración, vea las instrucciones para la

línea 8v del Anexo 1.

Si usted enajenó algún activo digital

por medio de un regalo, pudiese estar requerido a presentar el Formulario 709.

Vea Who Must File (Quién tiene que

presentar) y Transfers Subject to the Gift

Tax (Transferencias sujetas al impuesto

sobre regalos) en las Instrucciones para

el Formulario 709 para más información.

Dependientes

Use la sección titulada Dependientes

para listar sus dependientes. El diagrama

de flujo e instrucciones bajo ¿Quién

Reúne los Requisitos para Ser Su Dependiente? le ayudarán a determinar a

quién debe usted listar en esta sección.

La información provista en las filas (5),

(6) y (7); y la pregunta debajo de la fila

(7) en la sección titulada Dependientes,

le ayudarán al IRS determinar su elegibilidad para ciertos beneficios tributarios,

incluyendo el crédito tributario por hijos, el crédito por otros dependientes y

el crédito por ingreso del trabajo. Para

más información, vea ¿Quién Reúne los

Requisitos para Ser Su Dependiente?

y las instrucciones para la línea 27a.

19

¿Quién Reúne los Requisitos

para Ser Su Dependiente?

Dependientes, Hijo Calificado para Crédito

Tributario por Hijos y Crédito por Otros

Dependientes

Siga los pasos en el diagrama de flujo a continuación para averiguar si una persona reúne los requisitos para ser su dependiente

y averiguar si su dependiente lo califica a usted para tomar el

crédito tributario por hijos o el crédito por otros dependientes.

Si usted tiene más de cuatro dependientes, marque el recuadro

bajo Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o

1040-SR y adjunte una declaración escrita que contenga la información solicitada en la sección titulada Dependientes.

Los dependientes que usted reclama son aquéllos que

usted haya listado por nombre y SSN en la sección titulada Dependientes en el Formulario 1040 o

1040-SR.

CONSEJO

Antes de comenzar. Vea la definición de Número de Seguro

Social, más adelante. Si quiere reclamar el crédito tributario por

hijos, usted tiene que tener un SSN válido, lo cual significa que

éste es válido para trabajar y que ha sido expedido antes de la

fecha de vencimiento de su declaración (incluyendo prórrogas).

Si usted presenta una declaración conjunta, sólo uno de los cónyuges tiene que tener un SSN válido para poder ser elegible para

el CTC y el ACTC. El otro cónyuge tiene que tener un SSN o

ITIN y éste tiene que haber sido expedido en o antes de la fecha

de vencimiento de la declaración (incluyendo prorrogas). Si

quiere reclamar el crédito por otros dependientes, usted (y su

cónyuge, si presenta una declaración conjunta) tiene que tener o

un SSN o un ITIN expedido en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración de 2025 (incluyendo prórrogas).

Paso 1

¿Tiene Usted un Hijo

Calificado?

Un hijo calificado es su...

Hijo, hija, hijastro, hijastra, hijo de crianza, hermano, hermana, hermanastro,

hermanastra, medio hermano, media hermana o un descendiente de cualquiera de

éstos (por ejemplo, su nieto o nieta, su sobrino o sobrina)

Y

tenía...

Menos de 19 años de edad al final del año 2025 y era menor que usted

(o su cónyuge, si presenta una declaración conjunta)

o

Menos de 24 años de edad al final del año 2025, era estudiante a tiempo completo

(definido más adelante) y era menor que usted (o su cónyuge, si presenta una

declaración conjunta). Si el hijo es un estudiante a tiempo completo, marque el

recuadro "Estudiante a tiempo completo" en la fila (6) de la sección titulada

Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR

o

Una incapacidad permanente y total, independientemente de su edad (definido

más adelante). Si el hijo está total y permanentemente incapacitado, marque el

recuadro “Total y permanentemente incapacitado” en la fila (6) de la sección

titulada Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR.

Y

Que no proveyó más de la mitad de su propia manutención para el año 2025 (vea

la Publicación 501)

Y

Que no presenta una declaración conjunta para el año 2025

o que presenta una declaración conjunta para el año 2025 sólo para reclamar un

reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o el impuesto estimado pagado

(vea la Publicación 501 para detalles y ejemplos)

Y

Que vivió con usted por más de la mitad del año 2025. Si el hijo no vivió con

usted por el tiempo requerido, vea Excepción al tiempo que la persona tiene

que haber vivido con usted, más adelante. Si el hijo vivió con usted durante más

de la mitad de 2025, marque el recuadro “Sí” (recuadro (a)) en la fila (5) de la

sección titulada Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR.

!

´

PRECAUCION

Si el hijo reúne los requisitos para ser hijo calificado de cualquier

otra persona (que no sea su cónyuge con quien presenta una

declaración conjunta) para 2025, vea Hijo calificado de más de

una persona, más adelante.

1. ¿Tiene un hijo que reúne los requisitos para ser su hijo

calificado?

Sí. Continúe al Paso 2.

No. Continúe al Paso 4.

20

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

Paso 2

¿Es Su Hijo Calificado Su

Dependiente?

1. ¿Era el hijo un ciudadano de los EE. UU., nacional de los

EE. UU., extranjero residente de los EE. UU. o un residente

de Canadá o México? (Vea la Publicación 519 para la

definición de un nacional de los EE. UU. o extranjero

residente de los Estados Unidos. Si el hijo fue adoptado, vea

Excepción al requisito de ciudadanía, más adelante).

NO

Sí. Continuar

No. SIGA

䊲

2. ¿Estaba el hijo casado?

Sí. Vea Persona

casada, más adelante.

Usted no puede reclamar

a este hijo como

dependiente.

No. Continuar

䊲

3. ¿Está presentando una declaración conjunta para 2025?

Sí. Usted puede

No. Continuar

䊲

reclamar a este hijo

como dependiente.

Complete las filas (1) a

(4), (5)(a) y (6) de la

sección Dependientes

en la página 1 del

Formulario 1040 o

1040-SR para este hijo.

Luego, continúe al Paso

3.

4. ¿Puede usted ser reclamado como dependiente en la

declaración de impuestos de 2025 de otro contribuyente? (Si

la persona que lo puede reclamar a usted en la declaración

de impuestos de 2025 de éste no está requerido a presentar

una declaración y no presenta una declaración de impuestos

para 2025 o presenta una declaración para 2025 sólo para

reclamar un reembolso del impuesto sobre el ingreso

retenido o impuesto estimado pagado, marque “No”.)

NO

No. Usted puede

Sí. SIGA

reclamar a este hijo como

Usted no puede

dependiente. Complete

reclamar ningún

las filas (1) a (4), (5)(a) y

dependiente. Complete

(6) de la sección

el resto del Formulario

Dependientes en la

1040 o 1040-SR y los

página 1 del Formulario

anexos

1040 o 1040-SR para

correspondientes.

este hijo. Luego,

continúe al Paso 3.

Paso 3

¿Lo Califica a Usted Su Hijo

Calificado para el Crédito

Tributario por Hijos o el

Crédito por Otros

Dependientes?

para presentar su declaración (incluyendo prórrogas)?

(Conteste “Sí” si va a solicitar un ITIN o ATIN para el hijo

en o antes de la fecha de vencimiento para presentar su

declaración (incluyendo prórrogas)).

NO

Sí. Continuar

No. SIGA

䊲

Usted no puede reclamar

el crédito tributario por

hijos o el crédito por

otros dependientes

basándose en este hijo.

2. ¿Era el hijo un ciudadano de los EE. UU., nacional de los

EE. UU. o extranjero residente de los EE. UU.? (Vea la

Publicación 519 para la definición de un nacional de los EE.

UU. o extranjero residente de los Estados Unidos. Si el hijo

fue adoptado, vea Excepción al requisito de ciudadanía,

más adelante).

NO

Sí. Continuar

No. SIGA

䊲

Usted no puede reclamar

el crédito tributario por

hijos o el crédito por

otros dependientes

basándose en este hijo.

3. ¿Era el hijo menor de 17 años de edad al final de 2025?

Sí. Continuar

No. Usted puede

䊲

reclamar el crédito por

otros dependientes

basándose en este hijo.

Marque el recuadro

“Crédito por otros

dependientes” en la fila

(7) de la sección

Dependientes en la

página 1 del Formulario

1040 o 1040-SR para

esta persona.

4. ¿Tenían usted (o su cónyuge, si presenta una declaración

conjunta) y este hijo números de Seguro Social válidos para

trabajar y expedidos antes de la fecha de vencimiento para

presentar su declaración de 2025 (incluyendo prórrogas)?

(Vea Número de Seguro Social, más adelante).

Sí. Usted puede

No. Continúe al Paso 5.

reclamar el crédito

tributario por hijos

basándose en esta

persona. Marque el

recuadro “Crédito

tributario por hijos” en

la fila (7) de la sección

Dependientes en la

página 1 del Formulario

1040 o 1040-SR para

esta persona.

1. ¿Tenía el hijo un SSN, ITIN o número de identificación del

contribuyente en proceso de adopción (ATIN, por sus siglas

en inglés) expedido en o antes de la fecha de vencimiento

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

21

Paso 4

¿Es Su Pariente Calificado Su

Dependiente?

pariente calificado fue adoptado, vea Excepción al

requisito de ciudadanía, más adelante).

NO

Sí. Continuar

No. SIGA

䊲

Un pariente calificado es su...

Hijo, hija, hijastro, hijastra, hijo de crianza o un descendiente de cualquiera de

éstos (por ejemplo, su nieto o nieta)

o

Hermano, hermana, medio hermano, media hermana o el hijo o la hija de

cualquiera de éstos (por ejemplo, su sobrino o sobrina)

Usted no puede reclamar

a esta persona como

dependiente.

3. ¿Estaba casado su pariente calificado?

Sí. Vea Persona

No. Continuar

䊲

casada, más adelante.

o

Padre, madre o antepasado, hermano o hermana de éstos (por ejemplo, su abuelo,

abuela, tío o tía)

o

Hermanastro, hermanastra, padrastro, madrastra, yerno, nuera, suegro, suegra,

cuñado o cuñada

o

Cualquier otra persona (que no sea su cónyuge) que vivió con usted como

miembro de su unidad familiar durante todo el año si su relación no violó las leyes

locales. Si la persona no vivió con usted por el tiempo requerido, vea Excepción

al tiempo que la persona tiene que haber vivido con usted, más adelante.

Y

No es hijo calificado (vea el Paso 1) de ningún contribuyente para 2025. Para este

propósito, una persona no es un contribuyente si a la persona no se le requiere que

presente una declaración de impuestos de los Estados Unidos sobre los ingresos y

de hecho no presenta tal declaración o la presenta únicamente para solicitar un

reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o el impuesto estimado pagado.

Vea la Publicación 501 para detalles y ejemplos.

Y

Tuvo ingreso bruto menor de $5,200 en 2025. Si la persona estaba total y

permanentemente incapacitada, vea Excepción al requisito del ingreso bruto,

más adelante.

Y

Por la cual usted proveyó más de la mitad de la manutención de la persona en

2025. Pero vea Hijo de padres divorciados o separados, Acuerdos de

manutención múltiple e Hijo secuestrado, más adelante.

1. ¿Alguna persona reúne los requisitos para ser su pariente

calificado?

NO

Sí. Continuar

No. SIGA

䊲

2. ¿Era su pariente calificado un ciudadano de los EE. UU.,

nacional de los EE. UU., extranjero residente de los EE.

UU. o un residente de Canadá o México? (Vea la

Publicación 519 para la definición de un nacional de los EE.

UU. o extranjero residente de los Estados Unidos. Si su

22

4. ¿Está presentando una declaración conjunta para 2025?

Sí. Usted puede

No. Continuar

䊲

reclamar a esta persona

como dependiente.

Complete las filas (1) a

(4), (5)(a) y (6) de la

sección Dependientes

en la página 1 del

Formulario 1040 o

1040-SR para esta

persona. Luego,

continúe al Paso 5.

5. ¿Puede usted ser reclamado como dependiente en la

declaración de impuestos de 2025 de otro contribuyente? (Si

la persona que lo puede reclamar a usted en la declaración

de impuestos de 2025 de éste no está requerido a presentar

una declaración y no presenta una declaración de impuestos

para 2025 o presenta una declaración para 2025 sólo para

reclamar un reembolso del impuesto sobre el ingreso

retenido o impuesto estimado pagado, marque “No”).

NO

No. Usted puede

Sí. SIGA

reclamar a esta persona

Usted no puede

como dependiente.

reclamar ningún

Complete las filas (1) a

dependiente. Complete

(4), (5)(a) y (6) de la

el resto del Formulario

sección Dependientes en

1040 o 1040-SR y los

la página 1 del

anexos

Formulario 1040 o

correspondientes.

1040-SR para esta

persona. Luego, continúe

al Paso 5.

Paso 5

¿Lo Califica a Usted Su

Pariente Calificado para el

Crédito por Otros

Dependientes?

1. ¿Tenía usted (y su cónyuge, si presenta un declaración

conjunta) o un SSN o un ITIN expedido en o antes de la

fecha de vencimiento para presentar su declaración de 2025

(incluyendo prórrogas)? (Conteste “Sí” si va a solicitar un

ITIN en o antes de la fecha de vencimiento para presentar su

declaración (incluyendo prórrogas)).

NO

Sí. Continuar

No. SIGA

䊲

Usted no puede reclamar

el crédito por otros

dependientes.

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

2. ¿Tenía su pariente calificado un SSN, ITIN o ATIN expedido

en o antes de la fecha de vencimiento para presentar su

declaración de 2025 (incluyendo prórrogas)? (Conteste “Sí”

si va a solicitar un ITIN o ATIN para el pariente calificado

en o antes de la fecha de vencimiento para presentar su

declaración (incluyendo prórrogas)).

NO

Sí. Continuar

No. SIGA

䊲

Usted no puede reclamar

el crédito por otros

dependientes basándose

en este pariente

calificado.

3. ¿Era su pariente calificado un ciudadano de los EE. UU.,

nacional de los EE. UU. o extranjero residente de los EE.

UU.? (Vea la Publicación 519 para la definición de un

nacional de los EE. UU. o extranjero residente de los

Estados Unidos. Si su pariente calificado fue adoptado, vea

Excepción al requisito de ciudadanía, más adelante).

NO

Sí. Usted puede

No. SIGA

reclamar el crédito por

Usted no puede reclamar

otros dependientes

el crédito por otros

basándose en este

dependientes basándose

dependiente. Marque el

en este pariente

recuadro “Crédito por

calificado.

otros dependientes” en

la fila (7) de la sección

Dependientes en la

página 1 del Formulario

1040 o 1040-SR para

esta persona.

Definiciones y Reglas Especiales

Hijo adoptivo. A un hijo adoptivo se le trata siempre como hijo propio. Un hijo adoptivo incluye a un hijo que fue colocado

con usted legalmente para su adopción legítima.

Número de identificación del contribuyente en proceso de

adopción (ATIN). Si tiene un dependiente que fue colocado

con usted para su adopción legítima y no sabe el SSN de este dependiente, tiene que obtener del IRS un ATIN para su dependiente. Vea el Formulario W-7A para detalles. Si su dependiente

no es un ciudadano o extranjero residente de los EE. UU., solicite un ITIN en vez de un ATIN usando el Formulario W-7.

Hijos de padres divorciados o separados. Un hijo será tratado

como el hijo calificado o pariente calificado del padre o de la

madre sin custodia (definido más adelante) si se cumple con todas las condiciones que se mencionan a continuación:

1. Los padres están divorciados, legalmente separados, separados conforme a un acuerdo escrito de separación o no vivieron juntos en ningún momento durante los últimos 6 meses de

2025 (aunque no estén o no hayan estado casados).

2. El hijo recibió de sus padres más de la mitad de su manutención total para el año 2025 (y las reglas sobre Acuerdos de

manutención múltiple, más adelante, no aplican). La manutención de un hijo proveniente del cónyuge del padre o de la madre

se considera como provista por el padre o la madre.

3. Uno o ambos padres tienen la custodia del hijo durante

más de la mitad del año 2025.

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

4. Cualquiera de las siguientes afirmaciones es cierta:

a. El padre o la madre con custodia firma el Formulario

8332 o una declaración sustancialmente similar indicando que

éste no va a reclamar al hijo como dependiente para el año

2025, y el padre o la madre sin custodia adjunta una copia del

formulario o declaración escrita a su declaración de impuestos.

Si el fallo de divorcio o acuerdo de separación entró en vigencia

después de 1984 y antes de 2009, el padre o la madre sin custodia quizás pueda adjuntar ciertas páginas correspondientes del

fallo o acuerdo en lugar del Formulario 8332. Vea Fallo de divorcio o acuerdo de separación dictado después de 1984 y antes de 2009 y Fallo de divorcio o acuerdo de separación dictado después de 2008, más adelante.

b. Un fallo de divorcio o de manutención por separación judicial o un acuerdo escrito de separación vigente antes de 1985

entre los padres dispone que el padre o la madre sin custodia

puede reclamar al hijo como dependiente y el padre o la madre

sin custodia contribuye por lo menos $600 de la manutención

del hijo durante el año 2025.

Si todas las condiciones de la (1) a (4) mencionadas anteriormente son ciertas, sólo el padre o la madre sin custodia puede

reclamar al hijo para propósitos del crédito tributario por hijos y

el crédito por otros dependientes (líneas 19 y 28). Sin embargo,

esto no le permite al padre o a la madre sin custodia reclamar el

estado civil para efectos de la declaración de cabeza de familia,

el crédito por gastos del cuidado de menores y dependientes, la

exclusión de los beneficios por cuidado de dependientes o el

crédito por ingreso del trabajo. El padre o la madre con custodia

u otro contribuyente, de ser elegible, puede reclamar al hijo para

propósitos del crédito por ingreso del trabajo y estos otros beneficios. Vea la Publicación 501 para detalles.

Padre o madre con custodia y padre o madre sin custodia.

El padre o la madre con custodia es aquél o aquélla con quien el

hijo vivió la mayor cantidad de noches durante 2025. El otro padre o la madre es aquél o aquélla sin custodia. Si el hijo vivió

con su padre o madre por igual cantidad de noches durante el

año, el padre o la madre con custodia es aquél o aquélla que tiene el ingreso bruto ajustado (AGI, por sus siglas en inglés) mayor. Vea la Publicación 501 para la excepción para los padres

que trabajan durante la noche, las reglas para un hijo que está

emancipado según la ley estatal y otros detalles.

Fallo de divorcio o acuerdo de separación dictado después

de 1984 y antes de 2009. El fallo de divorcio o acuerdo de separación tiene que incluir las tres declaraciones siguientes:

1. El padre o la madre sin custodia puede reclamar al hijo

como dependiente sin tener en cuenta condición alguna, tal como el pago de manutención.

2. El padre o la madre con custodia no reclamará al hijo como dependiente.

3. Los años por los cuales se está cediendo o renunciando a

la reclamación.

El padre o la madre sin custodia tiene que adjuntar a su declaración de impuestos las siguientes páginas del fallo o acuerdo:

• La primera página (incluya el número de Seguro Social

del otro padre (o madre) en esta página).

23

• Las páginas que incluyen toda la información identificada

anteriormente en los puntos del (1) a (3).

• La página con la firma del otro padre (o madre) y la fecha

del acuerdo.

Tiene que adjuntar la información requerida aunque

haya sido presentada junto con una declaración de im´

PRECAUCION

puestos en un año anterior.

!

Fallo de divorcio o acuerdo de separación dictado después

de 2008. Si el fallo de divorcio o acuerdo de separación entró

en vigencia después de 2008, el padre o la madre sin custodia

no puede adjuntar páginas del fallo de divorcio o acuerdo de separación en lugar del Formulario 8332. El padre o la madre con

custodia tiene que firmar el Formulario 8332 o una declaración

sustancialmente similar cuyo único propósito es ceder la reclamación del padre o de la madre con custodia a ciertos beneficios

tributarios en base de ese hijo, y el padre o la madre sin custodia

tiene que adjuntar una copia a su declaración de impuestos. El

formulario o la declaración escrita tiene que indicar que el padre

o la madre con custodia cede su reclamación por el hijo sin condición alguna. Por ejemplo, la cesión no puede otorgarse a condición de que el padre o la madre sin custodia pague manutención.

Revocación de la cesión a la reclamación de ciertos beneficios tributarios. El padre o la madre con custodia que haya revocado una cesión, otorgada anteriormente, a la reclamación de

ciertos beneficios tributarios por un hijo tiene que adjuntar una

copia de la revocación a su declaración. Para detalles, vea el

Formulario 8332.

Excepción al requisito de ciudadanía. Si usted es ciudadano

estadounidense o nacional estadounidense y su hijo adoptado

vivió con usted como miembro de su unidad familiar durante todo el año, ese hijo satisface el requisito de ser ciudadano estadounidense en la pregunta 1 del Paso 2; pregunta 2 del Paso 3;

pregunta 2 del Paso 4; y pregunta 3 del Paso 5.

Excepción al requisito del ingreso bruto. Si su pariente (incluyendo una persona que vivió con usted como miembro de su

unidad familiar durante todo el año) está total y permanentemente incapacitado (definido más adelante), ciertos ingresos recibidos por servicios prestados en un taller protegido para el

empleo de personas incapacitadas se pueden excluir para propósitos de este requisito. Para detalles, vea la Publicación 501.

Excepción al tiempo que la persona tiene que haber vivido

con usted. Las ausencias temporales por usted o la otra persona

debidas a circunstancias especiales, tales como las ausencias por

educación, vacaciones, negocios, atención médica, servicio militar o estancia en un centro de detención para delincuentes juveniles, cuentan como tiempo que la persona vivió con usted.

También vea Hijo de padres divorciados o separados, anteriormente, o Hijo secuestrado, más adelante.

Si la persona reúne todos los otros requisitos para ser su hijo

calificado pero ésta nació o falleció en 2025, se considera que la

persona vivió con usted durante más de la mitad del año 2025 si

su vivienda fue la vivienda de la persona por más de la mitad

del período de tiempo en el cual estuvo viva en 2025. Si la persona reúne todos los otros requisitos para ser su hijo calificado

pero usted adoptó a la persona en 2025, la persona fue colocada

24

con usted legalmente para su adopción legítima por usted en

2025 o si la persona era un hijo de crianza elegible colocado

con usted durante 2025, se considera que la persona vivió con

usted durante más de la mitad de 2025 si su vivienda principal

era la vivienda principal de esta persona por más de la mitad del

tiempo transcurrido desde que esta persona fue adoptada o colocada con usted en 2025.

Cualquier otra persona se considera que vivió con usted durante todo el año 2025 si la persona nació o falleció en 2025 y

su vivienda fue la vivienda de la persona durante todo el período de tiempo en el cual la persona estuvo viva en 2025 o si usted adoptó a la persona en 2025, la persona fue colocada con usted legalmente para su adopción legítima por usted en 2025 o la

persona era un hijo de crianza elegible colocado con usted durante 2025 y su vivienda principal era la vivienda principal de

esta persona por todo el tiempo transcurrido desde que esta persona fue adoptada o colocada con usted en 2025.

Hijo de crianza. Un “hijo de crianza” es aquella persona que

ha sido colocada con usted por una agencia autorizada para la

colocación de hijos o por decisión, fallo u otra orden de cualquier tribunal de jurisdicción competente.

Estudiante a tiempo completo. Un “estudiante a tiempo completo” es un hijo que durante algún momento de cualesquier 5

meses del año 2025 estuvo matriculado como un “estudiante a

tiempo completo” en una escuela o que asiste a tiempo completo a un curso de capacitación agropecuaria en el terreno ofrecido por una escuela o una agencia del estado, condado o gobierno local. El término “escuela” abarca escuelas politécnicas,

profesionales e industriales. Este término no abarca los cursos

de capacitación en el empleo, los centros de enseñanza por correspondencia o las escuelas que ofrecen cursos sólo por Internet.

Hijo secuestrado. Si las autoridades legales correspondientes

suponen que su hijo ha sido secuestrado por alguien que no sea

miembro de la familia, usted tal vez pueda tomar al hijo en

cuenta al determinar su elegibilidad para reclamar el estado civil

para efectos de la declaración de cabeza de familia o cónyuge

sobreviviente que reúne los requisitos, el crédito tributario por

hijos, el crédito por otros dependientes y el crédito por ingreso

del trabajo (EIC, por sus siglas en inglés). Para detalles, vea la

Publicación 501. (Para el EIC, vea la Publicación 596).

Persona casada. Si la persona está casada y presenta una declaración conjunta, usted no puede reclamar a esa persona como

su dependiente. Sin embargo, si la persona está casada pero no

presenta una declaración conjunta o la presenta únicamente para

reclamar un reembolso del impuesto sobre el ingreso retenido o

el impuesto estimado pagado, usted tal vez pueda reclamarla como un dependiente. (Vea la Publicación 501 para detalles y

ejemplos). En ese caso, continúe a la pregunta 3 del Paso 2 (para un hijo calificado) o a la pregunta 4 del Paso 4 (para un pariente calificado).

Acuerdos de manutención múltiple. Si nadie paga más de la

mitad de la manutención de su pariente (o una persona que vivió

con usted como miembro de su unidad familiar durante todo el

año) pero usted y otra(s) persona(s) proveyeron más de la mitad

de la manutención de su pariente, existen reglas especiales que

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

podrían corresponderle, las cuales lo considerarían a usted como

haber provisto más de la mitad de la manutención. Para detalles,

vea la Publicación 501.

Total y permanentemente incapacitado. Se considera que

una persona está total y permanentemente incapacitada si, durante algún momento en el año 2025, la persona no puede dedicarse a ninguna actividad remunerada considerable a causa de

una condición física o mental y un médico ha determinado que

dicha condición ha durado, o podría durar continuamente durante por lo menos un año o podría terminar en la muerte.

Pagos del bienestar social. Si recibió pagos bajo el programa

Temporary Assistance for Needy Families (Asistencia Temporal

para Familias Necesitadas o TANF, por sus siglas en inglés) u

otro programa de ayuda pública y usted usó el dinero para la

manutención de otra persona, vea la Publicación 501.

Hijo calificado de más de una persona. Aun si un hijo satisface las condiciones para ser hijo calificado de más de una persona, sólo una persona puede reclamar al hijo como un hijo calificado para obtener todos los siguientes beneficios tributarios, a

no ser que corresponda la regla especial para Hijo de padres

divorciados o separados, descrita anteriormente:

1. El crédito tributario por hijos y el crédito por otros dependientes (línea 19) y el crédito tributario adicional por hijos

(línea 28).

2. El estado civil para efectos de la declaración de cabeza

de familia.

3. El crédito por gastos del cuidado de menores y dependientes (línea 2 del Anexo 3).

4. La exclusión de los beneficios por cuidado de dependientes (Parte III del Formulario 2441).

5. El crédito por ingreso del trabajo (línea 27a).

Ninguna otra persona puede tomar ninguno de estos cinco beneficios tributarios recién listados basándose en el hijo calificado.

Si usted y cualquier otra persona pueden reclamar al hijo como

un hijo calificado, las siguientes reglas aplican. Para propósitos

de estas reglas, el término “padres” (el cual incluye a padre y

madre) quiere decir los padres biológicos o adoptivos de un individuo. No incluye padrastro, madrastra, padre de crianza o

madre de crianza, a menos que esa persona haya adoptado al individuo.

• Si sólo una de las personas es el padre o la madre del hijo,

el hijo será tratado como el hijo calificado del padre o de la madre.

• Si los padres presentan una declaración conjunta el uno

con el otro y pueden reclamar al hijo como hijo calificado, el hijo se trata como el hijo calificado de los padres.

• Si los padres no presentan una declaración conjunta el uno

con el otro, pero ambos padres reclaman al hijo como hijo calificado, el IRS tratará al hijo como hijo calificado del padre o de

la madre con el cual el hijo haya vivido por más tiempo durante

el año 2025. Si el hijo vivió con su padre o su madre por igual

cantidad de tiempo, el IRS tratará al hijo como el hijo calificado

del padre o de la madre que tenía el ingreso bruto ajustado

(AGI) mayor para 2025.

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

• Si ninguno de los padres puede reclamar al hijo como hijo

calificado, el hijo será tratado como el hijo calificado de la persona cuyo ingreso bruto ajustado sea mayor para 2025.

• Si un padre o una madre puede reclamar al hijo como hijo

calificado pero ninguno de hecho lo reclama, el hijo será tratado

como hijo calificado de la persona cuyo ingreso bruto ajustado

sea mayor para 2025, pero únicamente si el ingreso bruto ajustado de esa persona es mayor que el ingreso bruto ajustado más

alto de cualquier padre o madre del hijo que pueda reclamar a

dicho hijo.

Ejemplo. Su hijo satisface las condiciones para ser hijo calificado tanto suyo como de la madre de usted. Su hijo no satisface las condiciones para ser hijo calificado de ninguna otra persona, incluyendo al otro padre de su hijo. Conforme a las reglas

recién descritas, usted puede reclamar a su hijo como hijo calificado para propósitos de todos los cinco beneficios tributarios

enumerados anteriormente para los cuales usted de otra manera

califique. La madre de usted no puede reclamar ninguno de esos

cinco beneficios tributarios basándose en su hijo. Sin embargo,

si el ingreso bruto ajustado de la madre de usted es mayor que el

suyo y usted no reclama a su hijo como hijo calificado, su hijo

entonces es el hijo calificado de la madre de usted.

Para más detalles y ejemplos, vea la Publicación 501.

Si usted va a reclamar al hijo como hijo calificado, continúe

al Paso 2. De no hacerlo, no siga; usted no puede reclamar ninguno de los beneficios tributarios basándose en este hijo.

Número de Seguro Social. Tiene que anotar el número de Seguro Social (SSN, por sus siglas en inglés) de cada dependiente.

Asegúrese de que el nombre y el SSN anotados coincidan con la

información en la tarjeta de Seguro Social de su dependiente.

De lo contrario, al momento de tramitar su declaración, puede

que reduzcamos o deneguemos cualquier beneficio tributario

(tal como el crédito tributario por hijos) que se base en ese dependiente. Si el nombre o el SSN en la tarjeta de Seguro Social

de su dependiente no está correcto o necesita obtener un SSN

para su dependiente, comuníquese con la Administración del

Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés). Vea Número de

Seguro Social (SSN), anteriormente. Si su dependiente no tendrá un número en o antes de la fecha de vencimiento para presentar la declaración, vea ¿Qué Ocurre si No Puede Presentar

a Tiempo?, anteriormente.

Para el crédito tributario por hijos, su hijo tiene que tener un

SSN válido. Un SSN válido es uno que sea válido para trabajar y

expedido por la SSA antes de la fecha de vencimiento para presentar su declaración de 2025 (incluyendo prórrogas). Si su hijo

era un ciudadano de los EE. UU. cuando su hijo recibió el SSN,

ese SSN es válido para trabajar. Si la tarjeta de Seguro Social de

su hijo tiene impresas las palabras “Not Valid for Employment”

(No es válida para trabajar) y el estado migratorio de su hijo ha

cambiado, por lo que su hijo ahora es un ciudadano o residente

permanente de los Estados Unidos, pídale a la SSA una nueva

tarjeta de Seguro Social sin esa inscripción. Sin embargo, si la

tarjeta de Seguro Social de su hijo tiene impresas las palabras

“Valid for Work Only with DHS Authorization” (Válida para trabajar sólo con la autorización del Departamento de Seguridad

Nacional (DHS, por sus siglas en inglés)), su hijo tiene el SSN

25

requerido sólo mientras la autorización del DHS siga siendo válida.

Si su hijo, el cual es su dependiente, nació y falleció en 2025

y usted no tiene un SSN para el hijo, anote “Died” (Falleció) en

la fila (3) de la sección Dependientes en la página 1 del Formulario 1040 o 1040-SR y adjunte una copia del acta de nacimiento, el acta de defunción o expedientes médicos del hospital. El

documento tiene que indicar que el hijo nació vivo.

Si usted no tiene un SSN que es válido para trabajar y que ha

sido expedido antes de la fecha de vencimiento de su declaración de 2025 (incluyendo prórrogas), no puede reclamar el crédito tributario por hijos en su declaración original o enmendada

de 2025. Para reclamar el crédito en una declaración conjunta,

usted o su cónyuge tiene que tener un SSN que es válido para

trabajar y que se ha expedido antes de la fecha de vencimiento

26

de su declaración de 2025 (incluyendo prórrogas). El otro cónyuge tiene que tener o un SSN o un ITIN y éste tiene que haber

sido expedido en o antes de la fecha de vencimiento de la declaración (incluyendo prórrogas). Si usted (o su cónyuge, si presenta una declaración conjunta) no tiene o un SSN o un ITIN

expedido en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración de 2025 (incluyendo prórrogas), no puede reclamar el crédito por otros dependientes en su declaración original o enmendada.

Si usted solicitó un ITIN en o antes de la fecha de vencimiento de su declaración de 2025 (incluyendo prórrogas) y el IRS le

expide un ITIN como resultado de esa solicitud, el IRS considerará que su ITIN fue expedido en o antes de la fecha de vencimiento de la declaración.

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

Ingreso

Por lo general, usted tiene que declarar

todo el ingreso a excepción de aquel ingreso que esté exento de impuestos conforme a la ley. Para detalles, vea las siguientes instrucciones y las instrucciones del Anexo 1, especialmente las instrucciones para las líneas 1 a 7 y las líneas 1 a 8z del Anexo 1. También vea la

Publicación 525.

Condonación de Préstamos

del Programa de Protección

de Cheques de Pago (PPP)

Usted no necesita incluir la cantidad de

la condonación de un préstamo del Paycheck Protection Program (Programa de

protección de cheques de pago o PPP,

por sus siglas en inglés) en su ingreso.

Aunque no necesita declarar los ingresos

como resultado de la condonación de su

préstamo PPP en el Formulario 1040 o

1040-SR, sí necesita declarar cierta información relacionada con su préstamo

PPP. Adjunte dicha información a su

declaración de impuestos. Para más información, vea la Publicación 525.

Ingreso de Fuentes en el

Extranjero

Usted tiene que declarar ingresos no derivados del trabajo, tales como intereses,

dividendos y pensiones, provenientes de

fuentes fuera de los Estados Unidos, a

menos que esté exento conforme a las

leyes o un tratado tributario. También

tiene que declarar ingreso del trabajo, tales como salarios y propinas, proveniente de fuentes fuera de los Estados Unidos.

Si trabajó en el extranjero, es posible

que pueda excluir la totalidad o parte de

su ingreso del trabajo procedente del extranjero. Para detalles, vea la Publicación 54 y el Formulario 2555.

Planes de jubilación extranjeros. Si

fue beneficiario de un plan de jubilación

extranjero, es posible que tenga que declarar el ingreso devengado no distribuido de su plan. Sin embargo, si fue beneficiario de un plan de jubilación

canadiense que está registrado, vea el

Revenue Procedure 2014-55 (Procedimiento

Administrativo

Tributario

2014-55), el cual se encuentra en la pá-

gina 753 del Internal Revenue Bulletin

2014-44 (Boletín de Impuestos Internos

2014-44), disponible en IRS.gov/irb/

2014-44_IRB#RP-2014-55, para averiguar si usted puede elegir diferir el impuesto sobre el ingreso no distribuido.

Declare las distribuciones de su(s)

plan(es) de jubilación extranjero(s) en

las líneas 5a y 5b.

Cuentas y fideicomisos en el extranjero. Tiene que completar la Parte III del

Anexo B si usted:

• Tuvo una cuenta en el extranjero o

• Recibió una distribución de, o fue

el cesionista de, o el transferidor hacia,

un fideicomiso en el extranjero.

Usted también pudiese tener que presentar el Formulario 3520.

Activos financieros extranjeros. Si tuvo activos financieros extranjeros en

2025, es posible que tenga que presentar

el Formulario 8938. Vea el Formulario

8938 y sus instrucciones.

Casos de Quiebra Conforme

al Capítulo 11

Si usted es un deudor en un caso de

quiebra conforme al capítulo 11, el ingreso tributable al patrimonio en quiebra

y declarado en la declaración de impuestos sobre los ingresos del patrimonio incluye:

• Ingresos provenientes de servicios

prestados por usted luego del comienzo

del caso (tanto salarios como ingresos

del trabajo por cuenta propia); y

• Ingresos provenientes de bienes tal

como se describe en la sección 541 del

título 11 del Código Legal de los Estados Unidos de los cuales usted era dueño al comienzo del caso o los cuales usted adquirió después del comienzo del

caso y antes del caso cerrarse, desestimarse o convertirse en un caso conforme

a otro capítulo.

Debido a que estos ingresos están sujetos a impuestos al patrimonio, no los

incluya en su propia declaración personal de impuestos sobre los ingresos. La

única excepción es para propósitos de

calcular su impuesto sobre el trabajo por

cuenta propia. Para este propósito, usted

tiene que tomar en cuenta todos sus ingresos del trabajo por cuenta propia para

el año provenientes de servicios que

prestó ambos antes y después del comienzo del caso. Además, usted (o el fi-

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

deicomisario, si se ha designado uno)

tiene que asignar entre usted y el patrimonio en quiebra los salarios, sueldos u

otra compensación y los impuestos sobre el ingreso retenidos que se le hayan

informado a usted en el Formulario

W-2. Una asignación similar es requerida para los ingresos y los impuestos sobre los ingresos retenidos que se le informan en los Formularios 1099. Usted

también tiene que incluir un documento

o declaración escrita que indique que usted ha presentado un caso de quiebra

conforme al capítulo 11 y que explica

cómo se asignan entre usted y el patrimonio los ingresos y el impuesto sobre

los ingresos retenido informados en los

Formularios W-2 y 1099. Para más detalles, incluidos los métodos de asignación

aceptables, vea el Notice 2006-83 (Aviso

2006-83), el cual se encuentra en la página 596 del Internal Revenue Bulletin

2006-40 (Boletín de Impuestos Internos

2006-40), disponible en IRS.gov/irb/

2006-40_IRB#NOT-2006-83.

Estados Donde Rige la Ley

de los Bienes Gananciales

Los estados donde rige la ley de los

bienes gananciales incluyen Arizona,

California, Idaho, Luisiana, Nevada,

Nuevo México, Texas, Washington y

Wisconsin. Si usted y su cónyuge vivieron en un estado donde rige la ley de los

bienes gananciales, usted normalmente

tendrá que seguir la ley estatal para determinar qué ingreso pertenece a los

bienes gananciales y qué ingreso es privativo. Para más información, vea el

Formulario 8958 y la Publicación 555.

Sociedad doméstica en los estados de

Nevada, Washington y California.

Una parte de una sociedad doméstica registrada en los estados de Nevada,

Washington o California por lo general

tiene que declarar la mitad de los ingresos de la comunidad formada por el individuo y su pareja. Vea el Formulario

8958 y la Publicación 555.

Redondeo a Dólares

Enteros

Puede redondear los centavos a dólares

enteros en su declaración y en los anexos. Si redondea a dólares enteros, tendrá que redondear todas las cantidades.

Para redondear, elimine las cantidades

menores de 50 centavos y aumente las

27

cantidades de 50 a 99 centavos al siguiente dólar. Por ejemplo, $1.39 sería

$1.00 y $2.50 sería $3.00.

Si tiene que sumar dos o más cantidades para calcular la cantidad a anotar en

una línea, incluya los centavos al sumar

las cantidades y redondee sólo el total.

Si anota cantidades que incluyen centavos, asegúrese de incluir el punto decimal. No hay una columna de centavos

en el formulario.

Las líneas en los Formularios

1040 y 1040-SR son las mis´

PRECAUCION

mas. Las referencias hechas a

las líneas en las instrucciones a continuación hacen referencia a la línea en

cualquiera de esos formularios.

!

Línea 1a

Cantidad Total de la Casilla

1 de Su(s) Formulario(s)

W-2

Anote la cantidad total de la casilla 1 de

su(s) Formulario(s) W-2. Si es una declaración conjunta, incluya también los

ingresos de su cónyuge de la casilla 1 de

su(s) Formulario(s) W-2.

Si usted devengó salarios mientras estuvo encarcelado en una

´

PRECAUCION

institución penal, declare estas

cantidades en la línea 8u del Anexo 1.

No declare estos salarios en la línea 1a.

Vea las instrucciones para la línea 8u

del Anexo 1.

!

Si usted recibió una pensión o

anualidad proveniente de un

´

PRECAUCION

plan de compensación diferida

no calificado o de un plan no gubernamental conforme a la sección 457 y se le

declaró en la casilla 1 del Formulario

W-2, no incluya esta cantidad en la línea 1a del Formulario 1040. Esta cantidad se declara en la línea 8t del Anexo

1.

!

Línea 1b

Salarios de Empleado

Doméstico No Declarados

en el (los) Formulario(s)

W-2

Anote el total de los salarios recibidos

como empleado doméstico que no fue28

ron declarados en el (los) Formulario(s)

W-2. Un empleador no está requerido a

proveerle un Formulario W-2 si éste le

pagó menos de $2,800 en salarios en el

año 2025. Para obtener información sobre los impuestos sobre la nómina para

empleados domésticos, vea el Tema

Tributario 756.

Línea 1c

Ingreso de Propinas No

Declarado en la Línea 1a

Anote el total de su ingreso de propinas

que no fue declarado en la línea 1a del

Formulario 1040. Esto debe de incluir

cualquier ingreso de propinas que usted

no le declaró a su empleador y cualquier

propina asignada que aparece en la casilla 8 en su(s) Formulario(s) W-2, a menos que usted pueda comprobar que sus

propinas no declaradas son menores que

la cantidad en la casilla 8. Las propinas

asignadas no están incluidas como ingreso en la casilla 1. Consulte la Publicación 531 para más detalles. Incluya

también el valor de toda propina que no

sea en efectivo que usted recibió, tales

como boletos, pases u otros artículos de

valor. Aunque usted no le declare estas

propinas que no son en efectivo a su empleador, tiene que declararlas en la línea

1c.

Es posible que usted adeude

impuestos del Seguro Social y

´

PRECAUCION

Medicare o de la jubilación ferroviaria (RRTA, por sus siglas en inglés) sobre las propinas no declaradas.

Vea las instrucciones para la línea 5 del

Anexo 2.

!

Línea 1d

Pagos de Exención de

Medicaid No Declarados en

el (los) Formulario(s) W-2

(Casilla 1)

Anote sus pagos de exención de Medicaid tributables que no fueron declarados en el (los) Formulario(s) W-2. También anote el total de sus pagos de exención de Medicaid tributables y no tributables que no fueron declarados en el

(los) Formulario(s) W-2, o que no fueron declarados en la casilla 1 del (de los)

Formulario(s) W-2, si usted elige incluir

los pagos no tributables en el ingreso del

trabajo para propósitos de reclamar un

crédito u otro beneficio tributario. Si usted y su cónyuge ambos recibieron pagos de exención de Medicaid no tributables durante el año, usted y su cónyuge

pueden tomar diferentes decisiones con

respecto a la inclusión de los pagos en el

ingreso del trabajo. Vea las instrucciones

para la línea 8s del Anexo 1.

Si usted es el dueño único de un negocio dedicado a proveer servicios de

cuidado en el hogar, vea las Instrucciones para el Anexo C para saber cómo

declarar estas cantidades. Si usted no

tiene una ocupación o negocio por separado que consiste de proveer estos servicios, anote en la línea 1d del Formulario

1040 sus pagos de exención de Medicaid

informados

en

un

Formulario

1099-MISC o Formulario 1099-NEC.

También, anote sus pagos de exención

de Medicaid tributables en la línea 8s

del Anexo 1.

Sus pagos de exención de Medicaid no tributables podrían

haber sido informados a usted

en la casilla 12 del (de los) Formulario(s) W-2 con el código II.

CONSEJO

Si recibió pagos de exención de

Medicaid no tributables, y la

´

PRECAUCION

casilla 1 de su(s) Formulario(s)

W-2 está(n) en blanco o tiene(n) ceros, y

elige no incluir pagos no tributables en

el ingreso del trabajo para propósitos de

reclamar un crédito, no adjunte ninguno

de estos Formularios W-2 a su declaración.

!

Línea 1e

Beneficios para el Cuidado

de Dependientes

Tributables de la Línea 26

del Formulario 2441

Anote el total de los beneficios para el

cuidado de dependientes tributables de

la línea 26 del Formulario 2441. Los beneficios para el cuidado de dependientes

deben aparecer en la casilla 10 de su(s)

Formulario(s) W-2. Pero primero complete el Formulario 2441 para saber si

usted puede excluir parte o el total de dichos beneficios.

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

Línea 1f

Beneficios para la Adopción

Provistos por el Empleador

de la Línea 31 del

Formulario 8839

Anote el total de sus beneficios para la

adopción provistos por el empleador de

la línea 31 del Formulario 8839. Los beneficios para adopciones provistos por

empleadores deben aparecer en la casilla

12 de su(s) Formulario(s) W-2 con el

código T. Pero vea las Instrucciones para

el Formulario 8839 para saber si usted

puede excluir parte o el total de dichos

beneficios. También es posible que pueda excluir ciertas cantidades si usted

adoptó a un hijo con necesidades especiales y la adopción fue finalizada en

2025.

Línea 1g

Salarios de la Línea 6 del

Formulario 8919

Anote el total de sus salarios de la línea

6 del Formulario 8919.

Línea 1h

Otros Ingresos del Trabajo

Si recibió becas de estudios y

CONSEJO becas de investigación (becas

de desarrollo profesional) que

no le fueron declaradas a usted en el

Formulario W-2, declare estas cantidades en la línea 8r del Anexo 1. Vea las

instrucciones para la línea 8r del Anexo

1.

Los siguientes tipos de ingreso tienen

que ser incluidos en el total de la línea

1h:

• Indemnización por huelga o por la

clausura de un negocio (que no sean regalos bona fide).

• Aplazamientos electivos en exceso. La cantidad aplazada debe aparecer

en la casilla 12 de su Formulario W-2 y

el recuadro titulado “Retirement plan”

(Plan de jubilación) en la casilla 13 debe

estar marcado. Si la cantidad total que

usted (o su cónyuge, si presenta una declaración conjunta) aplaza para 2025 bajo todos los planes era mayor de $23,500

(excluyendo las aportaciones de actuali-

zación, como se explica después), incluya el exceso en la línea 1h. Este límite

es generalmente (a) $16,500 si usted sólo tiene planes SIMPLE y (b) $26,500

para planes conforme a la sección

403(b) si usted califica para la regla de

los 15 años que se explica en la Publicación 571. Aunque las aportaciones designadas para un plan Roth están sujetas

a este límite, no incluya el exceso atribuible a dichas aportaciones en la línea

1h. Éstas ya se incluyen como ingresos

en la casilla 1 de su Formulario W-2.

• Un límite más alto de $17,600 le

puede aplicar a los participantes en

ciertos planes SIMPLE. Un límite más

alto también le puede aplicar a los

participantes en un plan de

compensación diferida conforme a la

sección 457(b) para los 3 años antes de

la edad de jubilación. Comuníquese con

el administrador de su plan para mayor

información.

• Si usted tenía 50 años de edad o

más al final de 2025, su empleador

quizás haya permitido una aportación de

actualización adicional (catch-up

contributions, como se les conoce en

inglés) de hasta $7,500 (generalmente,

$3,500 para planes conforme a la

sección 401(k)(11) y planes SIMPLE).

Si usted tenía entre 60 a 63 años de edad

al final de 2025, su empleador quizás

haya permitido una aportación de

actualización de hasta $11,250 ($5,250

para planes conforme a la sección

401(k)(11) y planes SIMPLE). Esta

cantidad adicional diferida no está sujeta

al límite general sobre las aportaciones

diferidas.

• Un límite de aportación de

actualización de $3,850 le puede aplicar

a ciertos participantes en ciertos planes

SIMPLE. Comuníquese con el

administrador de su plan para más

información.

Usted no puede deducir la cantidad diferida. No se incluye

´

PRECAUCION

como ingreso en la casilla 1 de

su Formulario W-2.

!

• Las pensiones por incapacidad que

aparecen en el Formulario 1099-R si usted no ha alcanzado la edad mínima para

la jubilación que estableció su empleador. Pero vea Primas de Seguros para

Funcionarios Jubilados del Sector de

Seguridad Pública en las instrucciones

para las líneas 5a y 5b. Las pensiones

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

por incapacidad que usted recibe después de que haya alcanzado la edad mínima de jubilación y los otros pagos que

aparecen en el Formulario 1099-R (que

no son pagos provenientes de un arreglo

IRA para la jubilación) se declaran en las

líneas 5a y 5b. Los pagos provenientes

de un arreglo IRA se declaran en las líneas 4a y 4b.

• Las distribuciones correctivas provenientes de un plan para la jubilación

que aparecen en el Formulario 1099-R

por aplazamientos electivos en exceso y

aportaciones en exceso (más ganancias).

Pero no incluya las distribuciones de un

arreglo IRA en la línea 1h. En vez de hacer eso, declare las distribuciones provenientes de un arreglo IRA en las líneas

4a y 4b.

Línea 1i

Elección de Paga No

Tributable por Combate

Si eligió incluir su paga no tributable

por combate en su ingreso del trabajo al

calcular el EIC, anote la cantidad en la

línea 1i. Vea las instrucciones para la línea 27a.

¿Fue Usted un

Empleado Estatutario?

Si usted fue un empleado estatutario, el

recuadro “Statutory Employee” (Empleado estatutario) dentro de la casilla

13 de su Formulario W-2 debe estar

marcado. Los empleados estatutarios incluyen vendedores a jornada completa

de seguros de vida y ciertos agentes o

choferes que reciben comisiones, ciertos

vendedores ambulantes y ciertas personas que trabajan en casa. Los empleados

estatutarios declaran la cantidad que

aparece en la casilla 1 del Formulario

W-2 en el Anexo C junto con cualquier

gasto de negocios relacionado.

¿No Ha Recibido o

Recibió un Formulario

W-2 Incorrecto?

A su empleador se le requiere proveerle

o enviarle a usted un Formulario W-2 a

más tardar el 2 de febrero de 2026. Si

usted no lo recibe a principios de febrero, consulte el Tema Tributario 154 para

saber lo que debe hacer. Aun si no reci-

29

be un Formulario W-2, usted tiene que

declarar sus ingresos. Si pierde su Formulario W-2 o si dicho formulario no

está correcto, pídale a su empleador que

le de uno nuevo.

Línea 2a

Interés Exento de Impuesto

Si usted recibió cualquier interés exento

de impuesto (incluido cualquier descuento de la emisión original (OID, por

sus siglas en inglés) exento de impuesto), tales como los provenientes de bonos municipales, cada pagador debe enviarle a usted un Formulario 1099-INT o

un Formulario 1099-OID. Por lo general, sus intereses estipulados exentos de

impuesto deben aparecer en la casilla 8

del Formulario 1099-INT o, en el caso

de un bono OID exento de impuesto, en

la casilla 2 del Formulario 1099-OID y

su OID exento de impuesto debe aparecer en la casilla 11 del Formulario

1099-OID. Anote el total en la línea 2a.

Sin embargo, si usted adquirió un bono

exento de impuesto pagando una prima

(cantidad por encima del valor nominal),

sólo declare la cantidad neta de los intereses exentos de impuesto en la línea 2a

(esto es, el exceso de los intereses exentos de impuesto recibidos durante el año

sobre la prima del bono amortizada para

ese año). Además, si usted adquirió un

bono OID exento de impuesto con una

prima de adquisición, sólo declare la

cantidad neta de OID exento de impuesto en la línea 2a (esto es, el exceso de

OID exento de impuesto para el año sobre la prima de adquisición amortizada

para ese año). Vea la Publicación 550

para más información sobre el OID, las

primas de bonos y las primas pagadas

por adquisición.

Incluya también en la línea 2a todo

dividendo de intereses exentos provenientes de un fondo mutuo o de otra sociedad inversionista reglamentada (RIC,

por sus siglas en inglés). Esta cantidad

debe aparecer en la casilla 12 del Formulario 1099-DIV.

No incluya los intereses que devenga

de su arreglo IRA, cuenta de ahorros médicos (HSA, por sus siglas en inglés),

cuenta Archer o Medicare Advantage

MSA, o una cuenta Coverdell de ahorros

para la educación.

30

No incluya ninguna cantidad

relacionada con la condona´

PRECAUCION

ción de un préstamo PPP en esta línea.

!

Línea 2b

Interés Tributable

Cada pagador debe enviarle a usted un

Formulario 1099-INT o Formulario

1099-OID. Anote el total de su ingreso

de intereses tributables en la línea 2b.

Pero usted tiene que completar y adjuntar el Anexo B si el total es mayor de

$1,500 o si alguna de las otras condiciones listadas al inicio de las instrucciones

del Anexo B le aplican a usted.

Para más detalles sobre la declaración

de los intereses tributables, incluyendo

el descuento de la emisión original o el

descuento del mercado sobre instrumentos de deuda y los ajustes por primas de

bonos o primas de adquisición amortizables, vea la Publicación 550.

Los intereses que le son acreditados

en 2025 sobre los depósitos que usted no

pudo retirar debido a la quiebra o insolvencia de la institución financiera quizás

no tengan que ser incluidos en sus ingresos de 2025. Para más detalles, vea la

Publicación 550.

Si recibe un Formulario

1099-INT de 2025 debido a intereses de bonos de ahorro estadounidenses que incluye cantidades

que usted declaró antes de 2025, vea la

Publicación 550.

CONSEJO

Línea 3a

Dividendos Calificados

Anote el total de sus dividendos calificados en la línea 3a. Los dividendos calificados también se incluyen en el total de

los dividendos ordinarios que se requiere que aparezca en la línea 3b. Los dividendos calificados cumplen con los requisitos para obtener una tasa de impuesto más baja a la que corresponde a

otros ingresos ordinarios. Por lo general,

estos dividendos aparecen en la casilla

1b del (de los) Formulario(s) 1099-DIV.

Si usted incluye los dividendos calificados de su hijo en el total en la línea 3a,

marque el recuadro 1 en la línea 3c. Para

más información, vea las Instrucciones

para el Formulario 8814. Vea la Publicación 550 para ver la definición de “qualified dividends” (dividendos calificados) si usted recibió dividendos que no

fueron declarados en el Formulario

1099-DIV.

Excepción. Algunos dividendos pudieran declararse como dividendos calificados en la casilla 1b del Formulario

1099-DIV, pero no son dividendos calificados. Éstos incluyen los siguientes:

• Dividendos que usted recibió como nominatario. Vea las Instrucciones

para el Anexo B.

• Dividendos que usted recibe sobre

cualquier participación en acciones que

usted tuvo por menos de 61 días durante

el período de 121 días que comenzó 60

días antes de la fecha exdividendo. La

fecha exdividendo es la primera fecha

que sigue a la declaración de un dividendo en la cual el comprador de las acciones no tiene derecho a recibir el siguiente pago de dividendos. Al contar el

número de días que usted tuvo las acciones, incluya el día en que se deshizo de

las acciones pero no el día en que las adquirió. Vea los ejemplos a continuación.

También, al contar el número de días

que usted tuvo las acciones, no puede

contar ciertos días durante los cuales su

riesgo de pérdida disminuyó. Vea la Publicación 550 para más detalles.

• Dividendos atribuibles a períodos

que totalizan más de 366 días que usted

recibió sobre cualquier participación en

acciones preferentes que tuvo por menos

de 91 días durante el período de 181 días

que comenzó 90 días antes de la fecha

exdividendo. Al contar el número de

días que usted tuvo las acciones, usted

no puede contar ciertos días durante los

cuales su riesgo de pérdida disminuyó.

Vea la Publicación 550 para más detalles. Los dividendos preferentes que son

atribuibles a períodos que suman menos

de 367 días están sujetos a la regla de tenencia de 61 días que se acaba de describir.

• Dividendos sobre cualquier participación en acciones en la medida en que

usted esté bajo una obligación (incluida

una venta en corto o venta al descubierto) para efectuar pagos relacionados con

respecto a posturas en bienes sustancialmente similares o relacionados.

• Pagos en lugar de dividendos, pero

sólo si usted sabe o tiene razón de saber

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

que los pagos no son dividendos calificados.

• Dividendos de una sociedad anónima que primero se convirtió en sociedad

anónima extranjera sustituta después del

22 de diciembre de 2017, que no sea una

sociedad anónima extranjera que es tratada como si fuera una sociedad anónima doméstica conforme a la sección

7874(b).

Ejemplo 1. Usted compró 5,000 acciones comunes de la Compañía XYZ el

8 de julio. La Compañía XYZ pagó un

dividendo en efectivo de 10 centavos

por cada acción. La fecha exdividendo

fue el 16 de julio. Su Formulario

1099-DIV que le envió la Compañía

XYZ muestra $500 en la casilla 1a (dividendos ordinarios) y en la casilla 1b

(dividendos calificados). Sin embargo,

usted vendió las 5,000 acciones el 11 de

agosto. Usted tuvo sus acciones de la

Compañía XYZ por sólo 34 días del período de 121 días (del 9 de julio hasta el

11 de agosto). El período de 121 días comenzó el 17 de mayo (60 días antes de

la fecha exdividendo) y finalizó el 14 de

septiembre. Usted no tuvo dividendos

calificados de la Compañía XYZ porque

usted tuvo las acciones de dicha compañía por menos de 61 días.

Ejemplo 2. Los hechos son los mismos que en el Ejemplo 1, excepto que

usted compró las acciones el 15 de julio

(el día antes de la fecha exdividendo) y

usted vendió las acciones el 16 de septiembre. Usted tuvo las acciones por 63

días (desde el 16 de julio hasta el 16 de

septiembre). Los $500 de dividendos calificados que aparecen en la casilla 1b

del Formulario 1099-DIV son todos dividendos calificados porque usted tuvo

las acciones por 61 días del período de

los 121 días (del 16 de julio al 14 de

septiembre).

Ejemplo 3. Usted compró 10,000 acciones comunes del Fondo Mutuo ABC

el 8 de julio. El Fondo Mutuo ABC pagó

un dividendo en efectivo de 10 centavos

por cada acción. La fecha exdividendo

fue el 16 de julio. El Fondo Mutuo ABC

le notifica que la parte del dividendo que

cumple con los requisitos para ser tratada como dividendos calificados equivale

a 2 centavos por cada acción. Su Formulario 1099-DIV del Fondo Mutuo ABC

muestra $1,000 en dividendos ordinarios

y $200 en dividendos calificados. Sin

embargo, usted vendió las 10,000 acciones el 11 de agosto. Usted no tiene dividendos calificados del Fondo Mutuo

ABC porque usted tuvo las acciones de

dicho fondo por menos de 61 días.

Si usted incluye los dividendos

de su hijo en la línea 3a o 3b,

marque el recuadro correspondiente en la línea 3c.

Use la Hoja de Trabajo para

el Impuesto Sobre los Dividendos Calificados y Ganancias de Capital o la Schedule D Tax

Worksheet (Hoja de trabajo para el impuesto del Anexo D) en las Instrucciones

para el Anexo D, la que le corresponda,

para calcular su impuesto. Vea las instrucciones para la línea 16 para detalles.

Líneas 4a, 4b y 4c

CONSEJO

Línea 3b

Dividendos Ordinarios

Cada pagador debe enviarle a usted un

Formulario 1099-DIV. Anote el total de

sus dividendos ordinarios en la línea 3b.

Esta cantidad debe aparecer en la casilla

1a del (de los) Formulario(s) 1099-DIV.

Si usted incluye los dividendos ordinarios de su hijo en el total en la línea 3b,

marque el recuadro 2 en la línea 3c. Para

más información, vea las Instrucciones

para el Formulario 8814.

Usted tiene que completar y adjuntar

el Anexo B si el total es mayor de

$1,500 o usted recibió, como nominatario, dividendos ordinarios que de hecho

le pertenecen a otra persona.

Distribuciones que No Sean

Dividendos

Algunas distribuciones son una devolución de su costo (u otra base). No se les

gravarán impuestos hasta que recupere

su costo (u otra base). Tiene que reducir

su costo (u otra base) mediante estas distribuciones. Después de que recupere todo su costo (u otra base), tiene que declarar estas distribuciones como ganancias de capital en el Formulario 8949.

Para detalles, vea la Publicación 550.

Los dividendos sobre pólizas de

seguro son una recuperación

parcial de las primas que usted

pagó. No los declare como dividendos.

Inclúyalos en los ingresos en la línea 8z

del Anexo 1 sólo si exceden el total de

todas las primas netas que usted pagó

por el contrato.

CONSEJO

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

CONSEJO

Líneas 4a y 4b

Distribuciones de un IRA

Usted debe recibir un Formulario

1099-R que muestre la cantidad total de

toda distribución hecha de su IRA antes

de que se le retuviera el impuesto sobre

los ingresos u otras deducciones. Esta

cantidad debe aparecer en la casilla 1 del

Formulario 1099-R. A menos que se indique lo contrario en las instrucciones

para las líneas 4a y 4b, un IRA incluye

un IRA tradicional (el cual incluye un

arreglo IRA tradicional que recibe aportaciones de un plan de pensión simplificada para empleados (SEP, por sus siglas en inglés)) un Roth IRA (el cual incluye un Roth IRA que recibe aportaciones de un arreglo SEP) y un plan de incentivos de ahorros para empleados en

los que el empleador aporta cantidades

iguales (SIMPLE IRA, por sus siglas en

inglés) (SIMPLE IRA puede ser un SIMPLE IRA tradicional o un Roth SIMPLE

IRA).

Si la distribución hecha de su IRA es

íntegramente tributable, anote el total de

la distribución en la línea 4b; no anote

nada en la línea 4a.

Adjunte el (los) Formulario(s)

1099-R al Formulario 1040 o

1040-SR si algún impuesto federal sobre el ingreso le fue retenido.

CONSEJO

CONSEJO

Para propósitos de las siguientes Excepciones, Roth IRA incluye Roth SIMPLE IRA.

Excepción 1. Anote el total de la distribución en la línea 4a si usted reinvirtió

parte o toda la distribución de:

• Un Roth IRA a otro Roth IRA o

• Un IRA (que no sea un Roth IRA) a

un plan calificado o a otro IRA (que no

sea un Roth IRA).

Marque también el recuadro 1 en la

línea 4c. Si el total de la distribución fue

reinvertido, anote “-0-” en la línea 4b. Si

el total de la distribución no fue reinvertido, anote la parte que no fue reinvertida en la línea 4b, a menos que la Excep-

31

ción 2 le aplique a la parte que no fue

reinvertida. Por lo general, una reinversión tiene que hacerse dentro de los 60

días después de que usted reciba la distribución. Para más detalles sobre las

reinversiones, vea la Publicación 590-A

y la Publicación 590-B.

Si usted reinvirtió la distribución en

un plan calificado o hizo la reinversión

en 2026, incluya una declaración escrita

que explique lo que hizo.

Excepción 2. Si cualquiera de las siguientes situaciones le aplica a usted,

anote el total de la distribución en la línea 4a y vea el Formulario 8606 y sus

instrucciones para calcular la cantidad

que debe anotar en la línea 4b.

1. Usted recibió una distribución

proveniente de un IRA (que no sea un

Roth IRA) y usted efectuó aportaciones

no deducibles a cualquiera de sus IRA

tradicionales para 2025 o para un año

anterior. Si efectuó aportaciones no deducibles a estos IRA para 2025, vea también la Publicación 590-A y la Publicación 590-B.

2. Usted recibió una distribución de

un Roth IRA. Pero si el punto (a) o (b) a

continuación le corresponde, anote “-0-”

en la línea 4b; usted no necesita ver el

Formulario 8606 o sus instrucciones.

a. El código T para distribuciones

aparece en la casilla 7 del Formulario

1099-R y usted efectuó una aportación

(incluida una conversión) a un Roth IRA

para 2020 o para un año anterior.

b. El código Q para distribuciones

aparece en la casilla 7 del Formulario

1099-R.

3. Usted convirtió parte de o todo un

IRA tradicional o SIMPLE IRA tradicional a un Roth IRA en 2025.

4. A usted se le devolvió una aportación IRA para 2024 o 2025, con toda ganancia relacionada o menos cualquier

pérdida, para la fecha de vencimiento

(incluidas las prórrogas) de su declaración de impuestos para ese año.

5. Usted efectuó aportaciones en exceso a su IRA para un año anterior y le

fueron devueltas a usted en 2025.

6. Usted recaracterizó parte de o toda una aportación efectuada a un Roth

IRA como una aportación a un IRA tradicional o viceversa.

32

Excepción 3. Si toda o parte de una distribución es una qualified charitable distribution (distribución caritativa calificada o QCD, por sus siglas en inglés),

anote el total de la distribución en la línea 4a. Si el total de la cantidad distribuida es una QCD, anote “-0-” en la línea 4b. Si sólo una parte de la

distribución es una QCD, anote la parte

que no sea una QCD en la línea 4b, a

menos que la Excepción 2 le aplique a

esa parte. Marque el recuadro 2 en la línea 4c.

Una QCD es una distribución hecha

directamente por el fideicomisario de su

IRA (que no sea un IRA tipo SEP o SIMPLE en curso) a una organización elegible para recibir donaciones que son deducibles de los impuestos (con ciertas

excepciones). Usted tenía que tener por

lo menos 701/2 años de edad al momento

de efectuarse la distribución.

Por lo general, el total de sus QCD

para el año no puede ser mayor de

$108,000. Esto incluye cualquier cantidad (hasta un máximo de $54,000) de

una QCD única hecha a una entidad de

interés dividido (SIE, por sus siglas en

inglés). Si presenta una declaración conjunta, las mismas reglas le aplican a su

cónyuge. La cantidad de la QCD está limitada a la cantidad que de otra manera

sería incluida en su ingreso. Si su IRA

incluye aportaciones no deducibles, la

distribución primero se considera haber

sido pagada de ingreso que de otra manera sería tributable. Si usted hace una

QCD única a una SIE, usted tiene que

adjuntar una declaración escrita a su declaración. Vea la Publicación 590-B para

detalles sobre las QCD, incluyendo la

información que usted tiene que incluir

en la declaración escrita para la QCD

hecha a una SIE.

No puede reclamar una deducción por donaciones caritativas

´

PRECAUCION

por cualquier QCD que no se

incluya en su ingreso.

!

Excepción 4. Si toda o parte de una distribución es una distribución que provee

fondos a una cuenta de ahorros médicos

(HFD, por sus siglas en inglés), anote la

distribución total en la línea 4a. Si el total de la cantidad distribuida es una

HFD y usted opta por excluirla del ingreso, anote “-0-” en la línea 4b. Si sólo

una parte de la distribución es una HFD

y usted opta por excluir esa parte del ingreso, anote la parte que no sea una

HFD en la línea 4b, a menos que la Excepción 2 le aplique a esa parte. Marque

el recuadro 3 en la línea 4c y anote

“HFD” en el espacio de entrada junto al

recuadro 3.

Una HFD es una distribución hecha

directamente por el fideicomisario de su

IRA (que no sea un IRA tipo SEP o SIMPLE en curso) a su cuenta de ahorros

médicos (HSA, por sus siglas en inglés).

De ser elegible, usted por lo general

puede optar por excluir una HFD de su

ingreso una vez en su vida. No puede

excluir más del límite sobre las aportaciones a una HSA o más de la cantidad

que de otra manera sería incluida en su

ingreso. Si su IRA incluye aportaciones

no deducibles, la HFD es primero considerada como pagada de ingreso que de

otra manera sería tributable. Vea la Publicación 969 para más detalles.

La cantidad de una HFD reduce la cantidad que usted puede

´

PRECAUCION

aportar a su HSA para el año.

Si no permaneció como persona elegible

para una HSA para los 12 meses que siguen al mes de la HFD, usted podría tener que declarar la HFD como ingreso y

pagar un impuesto adicional. Vea la

Parte III del Formulario 8889.

!

Más de una distribución. Si usted (o

su cónyuge si presenta conjuntamente)

recibió más de una distribución, calcule

la cantidad tributable de cada distribución y anote el total de las cantidades tributables en la línea 4b. Anote el total de

esas distribuciones en la línea 4a.

Usted tiene que empezar a recibir al menos una cantidad mínima de su IRA tradicional para el 1 de abril del año siguiente al año

en que usted alcanzó los 73 años de

edad. Si usted no recibe la cantidad de

distribución mínima, puede ser que tenga que pagar un impuesto adicional sobre la cantidad que se debió haber distribuido. Para detalles, incluyendo cómo

calcular la distribución mínima requerida, vea la Publicación 590-B.

CONSEJO

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

Usted puede tener que pagar

un impuesto adicional si usted

´

PRECAUCION

recibió una distribución prematura de su IRA y el total no fue reinvertido. Vea las instrucciones para la línea

8 del Anexo 2 para detalles.

!

Más información. Para más información sobre los IRA, vea la Publicación

590-A y la Publicación 590-B.

Línea 4c

Si la Excepción 1 le aplica a usted, marque el recuadro 1 en la línea 4c. Si la

Excepción 3 le aplica a usted, marque el

recuadro 2 en la línea 4c. Si la Excepción 4 le aplica a usted, marque el recuadro 3 en la línea 4c y anote “HFD”

en el espacio de entrada junto al recuadro 3.

Si otra publicación o instrucciones le

indica(n) que anote una palabra o código

al lado de la línea 4b, marque el recuadro 3 en la línea 4c y anote esa palabra o

código en el espacio de entrada junto al

recuadro 3.

Si más de una excepción le aplica,

marque un recuadro para cada excepción

e incluya una declaración escrita que

muestre la cantidad para cada excepción,

por ejemplo, “Line 4b – $1,000 Rollover

and $500 HFD” (Línea 4b –$1,000 en

reinversión y $500 en HFD). No necesita adjuntar una declaración escrita si sólo la Excepción 2 y otra excepción (sólo

una) más aplican.

Líneas 5a, 5b y 5c

Líneas 5a y 5b

Pensiones y Anualidades

Usted debe recibir un Formulario

1099-R que muestre la cantidad total de

los pagos de su pensión y anualidad antes de que se le retuviera el impuesto sobre el ingreso u otras deducciones. Esta

cantidad debe aparecer en la casilla 1 del

Formulario 1099-R. El pago de pensiones y anualidades incluye distribuciones

hechas de planes conforme a las secciones 401(k) y 403(b) y planes gubernamentales conforme a la sección 457(b).

Las reinversiones y distribuciones de sumas globales se explican más adelante.

No incluya los siguientes pagos en las líneas 5a y 5b. En su lugar, declárelos en

la línea 1h:

• Pensiones por incapacidad que recibió antes de que usted alcanzara la

edad mínima de jubilación establecida

por su empleador.

• Distribuciones correctivas (incluida toda ganancia) de aplazamientos

electivos en exceso u otras aportaciones

en exceso a planes para la jubilación. El

plan tiene que notificarle del (de los)

año(s) en que las distribuciones se incluyen en el ingreso.

Adjunte el (los) Formulario(s)

1099-R al Formulario 1040 o

1040-SR si algún impuesto federal sobre el ingreso le fue retenido.

CONSEJO

Pensiones y Anualidades

Íntegramente Tributables

Sus pagos están completamente sujetos

a impuesto si (a) usted no contribuyó hacia el costo (vea Costo, más adelante) de

su pensión o anualidad o (b) usted recuperó su costo completo libre de impuestos antes de 2025. Pero vea Primas de

Seguros para Funcionarios Jubilados

del Sector de Seguridad Pública, más

adelante. Si su pensión o anualidad está

completamente sujeta a impuestos, anote

el total de los pagos de pensión o anualidad (de la casilla 1 del (de los) Formulario(s) 1099-R) en la línea 5b; no anote

nada en la línea 5a.

Las pensiones y anualidades que están completamente sujetas a impuesto

también incluyen pagos de la jubilación

militar que aparecen en el Formulario

1099-R. Para detalles sobre las pensiones militares por incapacidad, vea la Publicación 525. Si recibió un Formulario

RRB-1099-R, vea la Publicación 575

para saber cómo declarar sus beneficios.

Pensiones y Anualidades

Parcialmente Tributables

Anote el total de los pagos de pensión o

anualidad (de la casilla 1 del Formulario

1099-R) en la línea 5a. Si su Formulario

1099-R no muestra la cantidad sujeta a

impuesto, usted tendrá que usar la General Rule (Regla General) que se explica

en la Publicación 939 para calcular la

parte sujeta a impuesto que debe anotar

en la línea 5b. Pero si la fecha de inicio

de su anualidad (que se define más adelante) ocurrió después del 1 de julio de

1986, vea Método Simplificado, más

adelante, para saber si usted tiene que

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

usar ese método para calcular la parte

sujeta a impuesto.

Usted le puede pedir al IRS que calcule la parte sujeta a impuesto por usted

por un cargo de $1,000. Para detalles,

vea la Publicación 939.

Si su Formulario 1099-R muestra una

cantidad sujeta a impuesto, puede declarar la cantidad en la línea 5b. Pero a lo

mejor pudiera declarar una cantidad sujeta a impuesto más baja si usa la Regla

General o el Método Simplificado o si la

exclusión para funcionarios jubilados

del sector de seguridad pública, la cual

se explica a continuación, le aplica.

Primas de Seguros para

Funcionarios Jubilados del Sector

de Seguridad Pública

Si usted es un funcionario jubilado del

sector de seguridad pública elegible (oficial encargado de mantener el orden público, bombero, capellán o un miembro

de una brigada de rescate o de un servicio de ambulancias que se jubiló a causa

de una incapacidad o porque alcanzó la

edad normal de jubilación), usted puede

elegir el excluir de su ingreso las distribuciones efectuadas de su plan para la

jubilación elegible que se usan para pagar las primas de cobertura para un plan

para accidentes o de salud o un contrato

de seguro para el cuidado a largo plazo.

Las primas pueden ser para la cobertura

suya, de su cónyuge o de sus dependientes. Las distribuciones tienen que hacerse del plan mantenido por el empleador

del cual usted se jubiló como funcionario del sector de seguridad pública. La

distribución puede hacerse directamente

del plan al proveedor del plan para accidentes o para la salud o del contrato del

seguro para el cuidado a largo plazo, o la

distribución se le puede hacer a usted

para que usted entonces le pague al proveedor del plan para accidentes o para la

salud o del contrato del seguro para el

cuidado a largo plazo. Puede excluir del

ingreso la cantidad menor entre la cantidad de las primas pagadas o $3,000. Usted puede optar por hacer esto sólo para

cantidades que de otra manera serían incluidas en su ingreso. La cantidad excluida de su ingreso no se puede usar para reclamar una deducción por gastos

médicos.

33

Un plan para la jubilación elegible es

un plan gubernamental que es un fideicomiso calificado o un plan conforme a

la sección 403(a), 403(b) o 457(b).

Usted puede excluir del ingreso

sólo la cantidad menor entre la

´

PRECAUCION

cantidad de las primas pagadas

o $3,000. Esto es cierto si la distribución se hizo directamente del plan al

proveedor del plan para accidentes o

para la salud o del contrato del seguro

para el cuidado a largo plazo o si la distribución se le hizo a usted y usted le pagó al proveedor del plan para accidentes o para la salud o del contrato del seguro para el cuidado a largo plazo. Si

usted recibió una distribución de su plan

para la jubilación elegible, y usted utilizó parte de esa distribución para pagar

primas de un plan para accidentes o para la salud o de un contrato del seguro

para el cuidado a largo plazo, aún puede excluir del ingreso sólo la cantidad

menor entre la cantidad de las primas

pagada o $3,000. El resto de la distribución es tributable a usted y tiene que declararse en la línea 5b.

!

Si hace esta elección, reduzca la cantidad que de otra manera estaría sujeta a

impuesto de su pensión o anualidad por

la cantidad excluida. La cantidad que

aparece en la casilla 2a del Formulario

1099-R no refleja la exclusión. Declare

el total de sus distribuciones en la línea

5a y la cantidad sujeta a impuesto en la

línea 5b. Marque también el recuadro 2

en la línea 5c.

Si usted está jubilado por incapacidad

y declara su pensión por incapacidad en

la línea 1h, incluya sólo la cantidad sujeta a impuesto en esa línea y anote “PSO”

(siglas en inglés para “funcionario de seguridad pública”) y la cantidad excluida

en la línea de puntos junto a la línea 1h.

Pagos cuando está incapacitado. Si

usted recibe pagos de un plan de jubilación o de participación en las ganancias

que no provee jubilación por incapacidad, no trate esos pagos como pagos por

incapacidad. Los pagos tienen que ser

declarados como pensión o anualidad.

Usted tiene que incluir en su ingreso

cualesquier cantidades que usted haya

recibido y que hubiese recibido al jubilarse de no haberse incapacitado como

resultado de un ataque terrorista. Incluya

en su ingreso cualesquier pagos que us-

34

ted reciba de un plan 401(k), pensión u

otro plan de jubilación en la medida en

que usted hubiese recibido la cantidad al

mismo tiempo o más tarde independientemente de si usted se hubiese incapacitado.

Ejemplo. Usted es un contratista que

se incapacitó como resultado directo de

participar en los esfuerzos para limpiar

el World Trade Center y es elegible para

compensación por parte del September

11 Victim Compensation Fund (Fondo

de Compensación de Víctimas del 11/9

o VCF, por sus siglas en inglés). Usted

comenzó a recibir una pensión por incapacidad a los 55 años cuando ya no pudo

seguir trabajando debido a su incapacidad. Conforme a su plan de pensión, usted tiene derecho a un beneficio de jubilación temprana de $2,500 al mes a la

edad de 55 años. Si espera hasta los 62

años, la edad normal de jubilación conforme al plan, usted tendría derecho a un

beneficio de jubilación normal de

$3,000 al mes. El plan de pensión establece que un participante que se jubila

temprano por incapacidad tiene derecho

a recibir el beneficio de jubilación normal del participante, que en el caso de

usted, equivale a $3,000 al mes. Hasta

que usted cumpla 62 años, puede excluir

$500 de su beneficio de jubilación mensual de los ingresos (la diferencia entre

el beneficio de jubilación temprana y el

beneficio de jubilación normal, $3,000 −

$2,500) recibidos por concepto de incapacidad. Usted tiene que declarar los

$2,500 restantes del beneficio de pensión mensual como tributables. Por cada

mes luego de que usted cumpla 62 años,

tiene que declarar la cantidad total del

beneficio de pensión mensual ($3,000 al

mes) como tributable.

Método Simplificado

Usted tiene que usar el Método Simplificado si cualquiera de las siguientes situaciones le corresponde:

1. La fecha de inicio de su anualidad

fue después del 1 de julio de 1986 y usted usó este método el año pasado para

calcular la parte sujeta a impuesto.

2. La fecha de inicio de su anualidad

fue después del 18 de noviembre de

1996 y ambas de las siguientes situaciones le corresponden:

a. Los pagos provienen de un plan

calificado para empleados, una anualidad calificada para empleados o una

anualidad con refugio tributario.

b. En la fecha de inicio de su anualidad, o usted tenía menos de 75 años de

edad o el número de años de pagos garantizados era menos de 5. Vea la Publicación 575 para saber la definición de

“pagos garantizados”.

Si usted tiene que usar el Método

Simplificado, complete la Hoja de Trabajo del Método Simplificado que aparece en estas instrucciones para calcular

la parte tributable de su pensión o anualidad. Para más detalles sobre el Método

Simplificado, vea la Publicación 575 (o

la Publicación 721 para saber sobre los

beneficios de la jubilación para funcionarios públicos federales de los Estados

Unidos).

Si recibió beneficios de la jubilación para funcionarios públi´

PRECAUCION

cos federales de los Estados

Unidos y escogió la opción de anualidad

alternativa, vea la Publicación 721 para

calcular la parte tributable de su anualidad. No use la Hoja de Trabajo del

Método Simplificado que aparece en

estas instrucciones.

!

Fecha de Inicio de la Anualidad

La fecha de inicio de la anualidad es la

fecha que ocurra por último entre el primer día del primer período por el que recibió un pago o la fecha en que las obligaciones del plan se vuelvan fijas.

Edad (o Edades Combinadas) en

la Fecha de Inicio de la Anualidad

Si usted es el jubilado, use la edad que

tenía en la fecha de inicio de su anualidad. Si usted es el sobreviviente de un

jubilado, use la edad que tenía el jubilado en la fecha de inicio de la anualidad

de éste. Pero si la fecha de inicio de su

anualidad fue después de 1997 y los pagos son durante la vida suya y la de su

beneficiario, use la suma de sus edades

combinadas en la fecha de inicio de la

anualidad.

Si usted es el beneficiario de un empleado que falleció, vea la Publicación

575. Si hay más de un beneficiario, vea

la Publicación 575 o la Publicación 721

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

Hoja de Trabajo del Método Simplificado —Líneas 5a y 5b

Antes de comenzar:

Si usted es el beneficiario de un empleado fallecido o de un exempleado que falleció antes del 21 de agosto de 1996, incluya toda exclusión

de beneficio por fallecimiento a la cual usted tenga derecho (hasta $5,000) en la cantidad que se anota en la línea 2 a continuación.

Más de una pensión o anualidad. Si tenía más de una pensión o anualidad parcialmente tributable, calcule la parte sujeta a impuesto de cada una por

separado. Anote el total de las partes tributables en la línea 5b del Formulario 1040 o 1040-SR. Anote el total de las pensiones y anualidades recibidas

en 2025 en la línea 5a del Formulario 1040 o 1040-SR.

1. Anote el total de la pensión o anualidad proveniente de la casilla 1 del Formulario 1099-R. Anote también esta cantidad

en la línea 5a del Formulario 1040 o 1040-SR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.

2. Anote su costo en el plan (contrato) en la fecha de inicio de la anualidad . . . . . . . 2.

Nota: Si completó esta hoja de trabajo el año pasado, omita la línea 3 y anote la cantidad de

la línea 4 de la hoja de trabajo del año pasado en la línea 4 a continuación (aun si la cantidad

de su pensión o anualidad ha cambiado). De lo contrario, pase a la línea 3.

3. Anote el número correspondiente de la Tabla 1 a continuación. Pero si la fecha de inicio de

su anualidad es después de 1997 y los pagos son de por vida tanto para usted como para su

beneficiario, anote el número apropiado de la Tabla 2 a continuación . . . . . . . .

4. Divida la línea 2 por el número en la línea 3 . . . . . . . . . . . . . . . .

5. Multiplique la línea 4 por el número de meses por los cuales se hicieron los pagos de este

año. Si la fecha de inicio de su anualidad fue antes de 1987, omita las líneas 6 y 7 y anote

esta cantidad en la línea 8. De lo contrario, pase a la línea 6 . . . . . . . . . . .

3.

4.

5.

6. Anote la cantidad recuperada previamente libre de impuestos, si alguna, en los años después de 1986. Si

completó esta hoja de trabajo el año pasado, anote la cantidad que aparece en la línea 10 de esa hoja de trabajo

7. Reste la línea 6 de la línea 2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

8. Anote la cantidad que sea menor entre la línea 5 y la línea 7 . . . . . . . . . . .

6.

7.

. . . . . . . .

8.

9. Cantidad tributable. Reste la línea 8 de la línea 1. Anote el resultado, pero éste no puede ser menos de cero. Anote también esta

cantidad en la línea 5b del Formulario 1040 o 1040-SR. Si su Formulario 1099-R muestra una cantidad mayor, use la cantidad en

esta línea en lugar de la cantidad del Formulario 1099-R. Si es funcionario jubilado del sector de seguridad pública, vea Primas de

Seguros para Funcionarios Jubilados del Sector de Seguridad Pública antes de anotar una cantidad en la línea 5b . . . . .

9.

10. ¿La fecha de inicio de su anualidad fue anterior a 1987?

Sí.

NO

SIGA

No.

Sume las líneas 6 y 8. Ésta es la cantidad recuperada libre de impuestos hasta el año 2025.

. . . . .

Necesitará esta cifra si necesita completar esta hoja de trabajo el año que viene

No complete el resto de esta hoja de trabajo.

. . . . 10.

11. Saldo del costo por recuperar. Reste la línea 10 de la línea 2. Si es cero, no tendrá que completar esta hoja de

trabajo para el año que viene. Los pagos que reciba el año próximo normalmente serán tributables en su totalidad

. . 11.

Tabla 1 para la Línea 3 de esta Hoja de Trabajo

SI la edad en la fecha de

inicio de la anualidad era...

55 años de edad o menos

56–60

61–65

66–70

71 años de edad o más

Y la fecha de inicio de su anualidad fue:

antes del 19 de noviembre de

después del 18 de noviembre

1996, anote en la línea 3...

de 1996, anote en la línea 3...

300

360

260

310

240

260

170

210

120

160

Tabla 2 para la Línea 3 de esta Hoja de Trabajo

SI la suma de las edades en la fecha

de inicio de la anualidad era...

110 o menos

111–120

121–130

131–140

141 o más

Visite IRS.gov/Espanol para más información y formularios.

ENTONCES anote en la línea 3...

410

360

310

260

210

35

para calcular la cantidad tributable para

cada beneficiario.

Costo

Su costo generalmente es su inversión

neta en el plan para la fecha de inicio de

su anualidad. No incluye aportaciones

hechas antes de la tasación de impuestos. Su inversión neta puede aparecer en

la casilla 9b del Formulario 1099-R.

Reinversión

Normalmente, una reinversión es una

distribución libre de impuesto de dinero

en efectivo u otros bienes de un plan de

jubilación que se aporta (invierte) a otro

plan dentro de los 60 días de haberse recibido la distribución. Sin embargo, una

reinversión a un Roth IRA o a una cuenta

designada como Roth generalmente no

es una distribución libre de impuesto.

Use las líneas 5a y 5b para declarar una

reinversión, incluida una reinversión directa, de un plan del empleador calificado a otro o a un arreglo IRA.

Anote en la línea 5a la distribución

de la casilla 1 del Formulario 1099-R.

De esta cantidad, reste toda aportación

(normalmente aparece en la casilla 5)

hecha después de impuestos al momento

de efectuarse. De ese resultado, reste la

cantidad de la reinversión. Anote la cantidad restante en la línea 5b. Si la cantidad

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